N° 994/26 Aviso del Boletín Oficial
ROFRAN SECURITY S.A.
Texto del aviso
ROFRAN SECURITY S.A.
1) 05-01-2026.- 2) Rodolfo Miguel MOYANO, argentino, divorciado, nacido el 10-09-1969, empleado, DNI
24.222.259, con domicilio real en General Deheza 1044, Lanús Este, Pdo. de Lanús, Pcia. de Bs. As.; y Paolo Gastón
CAZAL, argentino, soltero, nacido el 19-02-1985, empleado, DNI 31.306.275, con domicilio real en Olavarría 49,
Monte Grande, Pdo. de Esteban Echeverría, Pcia. de Bs. As. 3) Objeto: En Jurisdicción de la Provincia de Buenos
Aires la sociedad sólo podrá realizar aquellas actividades previstas en el artículo segundo de la Ley 12.297 y su
decreto reglamentario 1897/02, concordantes, modificatorias o que sean dictadas en su reemplazo en el futuro, a
saber: Vigilancia y protección de bienes. Escolta y protección de personas. Transporte, custodia y protección de
cualquier objeto de traslado lícito, a excepción del transporte de caudales. Vigilancia y protección de personas y
bienes en espectáculos públicos, locales bailables y otros eventos o reuniones análogas. Obtención de evidencias
en cuestiones civiles o para incriminar o des incriminar a una persona siempre que exista una persecución penal
en el ámbito de la justicia por la comisión de un delito y tales servicios sean contratados en virtud de interés
legítimo en el proceso penal. La custodia, vigilancia y protección de bienes y personas incluye la prestación
de servicio de vigilancia a través de sistemas de alarmas, fijas o móviles, siempre que se trate de un servicio
permanente con conexión a una central de monitoreo. Las personas que realicen los servicios enumerados en
este artículo se denominan prestadoras de servicios de seguridad privada. También desarrollará las siguientes
actividades: servicios con autorización de uso de armas de fuego: Los de custodias personales, mercaderías en
tránsito, excepto el transporte de caudales regulado por la Ley Nacional N° 19.130, y en depósitos, cuyo objeto
es el acompañamiento y la protección de personas o bienes en la vía pública, y en los lugares en que éstos se
depositen. Los de vigilancia privada en lugares fijos sin acceso de público, cuyo objeto es resguardar la seguridad
de personas o bienes en espacios privados cerrados, con control e identificación de acceso de personas. Servicios
sin autorización de armas de fuego: Los de vigilancia privada en lugares fijos con acceso al público, cuyo objeto
es la seguridad de personas o bienes e espacios privados de acceso público con fines diversos. Los de custodia
y portería de locales de baile, confiterías y de espectáculos en vivo, como todo otro lugar destinado a recreación.
Los de vigilancia privada de lugares fijos privados o edificios de propiedad horizontal. Los de vigilancia por medios
electrónicos, ópticos y electro ópticos, cuyo objeto es brindar servicios con dispositivos centrales de observación,
registro de imagen, audio y alarmas. Todas las actividades que así lo requieran serán realizadas por profesionales
habilitados legalmente para ello. Para el desarrollo de su objeto, la sociedad cumplirá con la ley 5.688 de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, la Ley Nacional 26.370 y las que en el futuro las modifiquen o complementen; la
sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos contraer obligaciones y ejercer los actos que no
sean prohibidos por las leyes y este estatuto.- 4) 99 años.- 5) Capital $ 30.000.000 representado por 30.000.000
acciones de $ 1, vn c/u, 1 voto por acción.- 6) Directorio por 3 ejercicios: Presidente: Rodolfo Miguel MOYANO;
Director suplente: Paolo Gastón CAZAL; ambos con domicilio especial en la sede social.- 7) 31-08. 8) Gallo 1281,
Planta Baja, CABA.
Autorizado según instrumento público Esc. Nº 1 de fecha 05/01/2026 Reg. Nº 233
PATRICIA PEÑA - Habilitado D.N.R.O. N° 2721
e. 09/01/2026 N° 994/26 v. 09/01/2026