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N° 2305/26 Aviso del Boletín Oficial

TRANSPORTES BERTANI R.A. S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA martes, 20 de enero de 2026

Texto del aviso

TRANSPORTES BERTANI R.A. S.R.L.

30-70807564-3. Por Acta Reunión de Socios del 11/12/2025 se aprobaron las siguientes resoluciones A) CESION

DE CUOTAS: Roque Alberto BERTANI cedió a 34 Rodrigo Luis BERTANI 34 cuotas, Leonardo Atilio BERTANI

a 33 cuotas y a Eliana Gabriela BERTANI 31, todas de v/n $ 100 c/u y con derecho a 1 voto c/u ; y Juana María

CASTELLANI cedió a Eliana Gabriela BERTAN 2 cuotas todas de v/n $ 100 c/u y con derecho a 1 voto c/u. CAPITAL

SOCIAL: Rodrigo Luis BERTANI 34 cuotas equivalentes $ 3.400, Leonardo Atilio BERTANI a 33 cuotas equivalentes

$ 3.300 y a Eliana Gabriela BERTANI 33 cuotas equivalentes $ 3.300.—B) AUTORIDADES: Roque Alberto BERTANI

renuncia a su cargo de gerente; se designan gerentes: Rodrigo Luis BERTANI y Leonardo Atilio BERTANI. Aceptan

los cargos y constituyen domicilio especial en General Cerri 1534, CABA. C) REFORMA de ESTATUTO: (i)Se

aprobó ampliar el objeto social (ARTÍCULO TERCERO) quedando redactado de la siguiente manera: “TERCERO:

La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros en el país o en el

extranjero, las siguientes actividades: I.- Transportar dentro del país o desde el país a cualquier país extranjero y

viceversa productos líquidos o semilíquidos a granel, otros productos derivados de hidrocarburos, petróleo, aceites

lubricantes minerales, refrigerantes y fluidos para motores y sus derivados, asi como transporte de todo tipo de

mercaderías a granel, productos alimenticios en general, fletes, acarreos, encomiendas y equipajes. II. Prestación

de servicio de alquiler de equipos propios y/o de terceros; Representaciones, comisiones y distribuciones de

los bienes y/o servicios precedentemente descriptos materiales de construcción, productos alimenticios,

ganado y productos agropecuarios, cargas refrigeradas y/o líquidas, paquetes, encomiendas, correspondencias,

vehículos, y cualquier otro material o sustancia susceptible de ser transportado; hacer custodia de transporte

terrestre en Argentina, salvaguardar bienes, mercancías o valores durante su traslado desde su punto de origen

hasta su destino final, garantizando que lleguen de forma segura y en el plazo previsto, con benes propios o de

terceros. II. Compra, venta, fraccionamiento y/o distribución de petróleo crudo y sus derivados, como de todo

producto relacionado objeto social, ya sea a granel o envasado; arriendo o subarriendo de camiones, tractores,

semirremolques, o chasis; operando en la intermediación, reserva, venta, colocación y/o compra de servicios

de transporte terrestre en el país o en el extranjero III. Exportar e importar toda clase de mercaderías, materias

primas, productos elaborados o semi elaborados, ya sea a granel o envasados; exportar e importar equipos,

maquinas, artefactos, dispositivos, incluyendo sus partes y repuestos, aptos para manipuleo de todo tipo de

mercaderías, herramientas, instalaciones, incluyendo los de carga, acomodamiento y descarga de medios de

transporte, de izaje y elevación, de apilamiento y estibas; Compra-venta, fabricación, prestación de servicio de

atención técnica, mantenimiento y reparación de los bienes precedentemente descriptos; III. Adquirir patentes

y marcas IV.- Suscribir contratos de representación exclusiva con empresas del país y del exterior, incluidos

contratos de transferencia de tecnología aplicada a la elaboración o distribución de esos productos. V.- Construir

y operar por cuenta propia y/o asociadas a terceras plantas industriales vinculadas con el procesamiento del

petróleo y sus derivados, o tomar en locación o asociación instalaciones existentes, las que podrán incluir plantas

de almacenaje, sistemas de distribución por tierra y/o por agua. VI. - Constituir con sociedades con iguales fines,

asociaciones accidentales o de participación, para actuar cuando convenga al interés de las partes. VII.- Asociarse

con empresas del país o del exterior para financiar, respaldar o encarar proyectos de envergadura superior a las

capacidades de esta sociedad. VIII.- Celebrar contratos de distribución con empresas del país o del exterior y en

especial con las destiladoras de petróleo radicadas en el país o que lo hagan en el futuro. IX.- Celebrar contratos de

abastecimiento de venta al público de hidrocarburos, lubricantes, todo cuanto producto pueda resultar de interés

a las partes sin restricciones de emblemas o marcas. X.-Celebrar contratos de abastecimiento con industrias,

empresas de transporte, navegación, aéreas y en general con usuarios directos o intermediarios de productos que

hagan al objeto social. XI.- Celebrar contratos de transporte por tierra, agua y/o aire, como arrendataria, asociada

y/o explotar su propia flota de aviones, camiones y/o embarcaciones navieras que pudieran llegar a formarse, ya

sea para uso de su propia actividad o prestando servicios a terceros, por arriendo o asociada. XII.- Construcción,

Compra, venta, permuta administración arrendamiento de lotes e inmuebles, incluso los comprendidos en el

régimen de propiedad horizontal, fraccionamiento y enajenación de lotes y edificios de propiedad horizontal. La

sociedad podrá participar en fideicomisos inmobiliarios, actuando como fiduciario o beneficiario, administrando los

bienes y cumpliendo con la finalidad establecida en el contrato de fideicomiso. XIII.- Ejercicio de representaciones,

mandatos, comisiones gestiones de negocios, distribuciones, promociones, agencias, y administración de bienes,

capitales y empresas en general. XIV.- Financieras: Dar o tomar préstamos con garantía real o sin ella, a particulares,

bancos o sociedades del país o del exterior, constituidas y a constituirse, para la financiación de operaciones y

negocios realizados y/o a realizarse, constitución, extinción y transferencia o cesión de prendas, hipotecas y

cualquier otro derecho real, inversión de capitales de bienes muebles, inmuebles, títulos y valores mobiliarios. - A

los fines descriptos la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y

ejercer todos los actos, que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto”. (ii) Reforma ARTICULO SEXTO

unanimidad de resoluciones sociales que importen reforma del contrato social. (iii) Reforma ARTICULO SÉPTIMO

transmisibilidad de las cuotas sociales. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 5 de fecha 08/01/2026 Reg.

Nº 2136

Mariano Jose Riganti - Matrícula: 5488 C.E.C.B.A.

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