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N° 5564/26 Aviso del Boletín Oficial

ENLACE EN SALUD S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA jueves, 5 de febrero de 2026

Texto del aviso

ENLACE EN SALUD S.R.L.

CONSTITUCIÓN: Esc. 7 del 30/01/2026. Folio 14. Reg. 239.- 1.- Edgar RUIZ DIAZ, argentino, nacido el 21/03/1972,

divorciado, médico, D.N.I. 19.022.856, C.U.I.T. 20-19022856-9 y domicilio en Calle 30 Nº 653, Miramar, Prov. de Bs.

As. y Ricardo Martín SANCHEZ DILLON, argentino, nacido el 16/10/1973, casado, Lic. en Relaciones Públicas,

D.N.I. 23.569.503, C.U.I.T. 20-23569503-1 y domicilio en Calle 641 s/n, entre 21 y 22, Ringuelet, La Plata, Prov. de

Bs. As.- 2.- “ENLACE EN SALUD SRL”.- 3.- Av. Monroe 4871, piso 3, Depto. “B”, CABA. 4.- A) MEDICINA: Prestación

de servicios médicos domiciliarios, asistencia integral, traslados, medicina social, asistencial, preventiva y

asistencia social a personas consideradas individualmente y/o como integrantes de grupos familiares y/o

comunitarios, pudiendo prestar servicios a obras sociales privadas y estatales, sanatorios, hospitales, clínicas,

prestación de medicina prepaga, medicina del trabajo y servicios privados. Traslados sanitarios de corta y larga

distancia, como así también cobertura de sepelios. Traslados de pacientes a centros hospitalarios y asistenciales

que corresponda, en ambulancias y/o unidades móviles de alta complejidad si así se requiere, de terceros

habilitados y/o propios. Prestación de servicios de consultas, urgencias y emergencia médicas. Prestación de

servicios de prevención, recuperación, rehabilitación y conservación de la salud humana. Prestación de servicios

de emergencias médicas, asistencia inmediata con primeros auxilios de urgencia. La instalación, explotación,

dirección de instituciones médico asistenciales, sanatorios, clínicas integrales, de diagnósticos, quirúrgicas, con

laboratorio de análisis clínicos y bioquímicos, geriátricos, de rehabilitación y fisiatría. La dirección médica de los

establecimientos, de los servicios y de la sociedad deberá ser desempeñada siempre por un profesional de la

salud médica, con la especialidad pertinente, pudiendo la sociedad contratar profesionales para el desarrollo de

su objeto social. No realizará actividades comprendidas dentro de la ley 10.606. A tales fines la sociedad tendrá

plena capacidad jurídica para realizar todos los actos y contratos que se vinculen con su objeto social, pudiendo

firmar convenios con obras sociales y/o prepagas y contratando profesionales habilitados para llevar a cabo el

mismo en el caso que fuera necesario. Servicios domiciliarios de internación, enfermería y servicios de fisioterapia

y kinesiología. Atención médica por telemedicina y teleasistencia. Implementación de aplicaciones tecnológicas

orientadas a un mejor seguimiento, control y gestiones en materia de salud y logísticas de la salud. Actividades de

formación académica como cursos, talleres, jornadas de actualización y capacitaciones. Las actividades que así

lo requieran serán realizadas por profesionales con título habilitante. B) TRANSPORTE PRIVADO DE PASAJEROS:

Transporte privado de pasajeros, por recorridos actualmente autorizados y/o que en el futuro autoricen las

autoridades comunales, provinciales y/o nacionales, pudiendo operar en las categorías de excusión, turismo,

servicios contratados y cualquier otra contemplada y/o que en el futuro contemplen las ordenanzas municipales,

las leyes y decretos provinciales y leyes y decretos nacionales vigentes en la materia. No realizará actividades

contempladas en el artículo 299 inc. 5) de la Ley General de Sociedades. C) COMERCIAL: Compra, venta,

importación, exportación, representación, distribución, consignación, comisión y toda otra forma de intermediación

comercial en toda clase de insumos y equipos de uso medicinal; material descartable, mercaderías, productos,

instrumental, maquinarias o herramientas nacionales o extranjeros e instrumentos vinculados con la actividad

médica, en especial prótesis y materiales para cirugías. No realizará las actividades comprendidas en la Ley

10.606. Compra, venta, concesión, renta, representación y/o consignación de automotores, motos, camiones,

ambulancias, utilitarios y vehículos en general, eléctricos y/o convencionales, sus repuestos, accesorio o autopartes,

ya sean 0 km o usados, pudiendo realizar la importación y exportación de los rubros indicados. A su vez podrá

comercializar y distribuir lubricantes, pinturas, tapicerías, estéreos, artículos de electrónica, herrajes y todos

aquellos materiales y productos relacionados al objeto social.- Compraventa al por mayor y por menor, importación

y exportación de productos alimenticios y sus derivados. Procesado de alimentos de todo tipo, así como su

mantenimiento en frigoríficas en cualquier lugar del país y del exterior. Explotación de establecimientos comerciales

vinculados a la gastronomía y eventos y convenciones de todo tipo. Fabricación, venta al por mayor y por menor,

importación, exportación de aparatos para la industria alimenticia, ganadera, agrícola y pesca, maquinarias y

embarcaciones, de todo tipo, en cualquier lugar del país y del exterior. Servicios de reparación de maquinarias de

todo tipo y toda clase de actividades vinculadas a las descriptas, ya sea por cuenta propia o asociada a terceros.

D) INDUSTRIAL: Producción e industrialización de aparatos, instrumental, muebles y útiles, repuestos, accesorios,

materiales y complementos de uso en sanatorios, clínicas, institutos y laboratorio, medicinales y afines, auxiliares

del arte y la ciencia de curar. E) ASESORAMIENTO EMPRESARIAL Y CONSULTORÍA: Prestación de servicios por

cuenta propia, asociada a terceros o mediante la adscripción prepaga a la sociedad, de asesoramiento y consultoría

empresaria en materia comercial y de imagen, a personas físicas y jurídicas, nacionales o extranjeras, para la

organización y administración de empresas. Los servicios de asesoramiento o de consultoría podrán desarrollarse

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.846 - Segunda Sección 22 Jueves 5 de febrero de 2026

en cualquier sector del comercio nacional o internacional y enunciativamente, podrán adoptar todas y cualquiera

de las siguientes modalidades: gerenciamiento de empresas, administración de contratos, gestión de pagos,

liquidación de salarios, administración de saldos y cuentas bancarias, consultoría de imagen, estudio e

instrumentación de sistemas internos de control de gestión y/o control de calidad, estudio e implementación de

sistemas informáticos, relevamiento de datos, análisis e interpretación de datos, estudio y asesoría en la

implementación de sistemas operativos generales, asesoramiento informático, recursos humanos, terciarización

de personal, proyectos de inversión internacional, nacional, municipal, provincial, regional y sectorial, capacitación

en las distintas ramas relacionadas con el objeto social. Prestación servicios en lo relativo a las cobranzas extra

judiciales de operaciones en mora, análisis crediticio de personas físicas y/o jurídicas, ventas masivas de productos

y/o servicios y/o cualquier otro proceso interno que sus eventuales clientes decidan tercerizar en la sociedad.

Mediante la representación comercial, financiera o técnica de empresas del exterior, a través de mandato y/o

contratos de distribución o franquicias, en cualquier sector del comercio nacional o internacional, compra, venta,

distribución y/o licencia en general de los productos o derechos de las empresas representadas. F) RECURSOS

HUMANOS: Servicios de selección de personal para distintos niveles de empresa, coaching para futuros líderes,

proceso de inducción, asesoramiento y acompañamiento de armado de planes de capacitación, asesoramiento y

acompañamiento en implementación de evaluación de desempeño, outsourcing en reuniones, capacitaciones,

asesoramiento y acompañamiento en acciones motivacionales. Las actividades que por razón de la materia así lo

requieran, serán efectuadas por profesionales con título habilitante, contratadas al efecto.- G) SERVICIOS DE

CALL CENTER: Prestación de servicios de call center, contact center, radio llamadas y atención al cliente, servicios

de gestión para la recepción o emisión de información, comercialización y/o servicios de cobranzas, por cuenta

propia, de terceros y/o asociada a terceros; sea telefónicamente y/o a través de otros canales, entre otros, de

llamadas telefónicas, correos electrónicos, fax, comunicaciones on line, incluyendo mensajería instantánea a

través de redes sociales. H) INMOBILIARIA: Compra, venta, administración, locación, subdivisión, permuta y

comercialización en general de inmuebles urbanos, rurales, loteos, pudiendo también someter inmuebles al

régimen de propiedad horizontal, así como también toda clase de operaciones inmobiliarias, incluyendo el

fraccionamiento y posterior loteo de parcelas destinadas a vivienda, urbanización, explotaciones agrícolas o

ganaderas. También podrá dedicarse a la administración de propiedades, propias o de terceros. Administrar y

coordinar la prestación de los servicios descriptos contratando las personas, empresas u organizaciones que a tal

fin sea necesario. Se aclara que la sociedad no realizará actividades de intermediación y corretaje inmobiliario. I)

ADMINISTRACIÓN DE PROPIEDADES: Mediante la administración de cualquier tipo de propiedades urbanas o

rurales, de consorcios de copropietarios, diligenciamiento de toda clase de certificados, pago de impuestos, tasas

y contribuciones a cargo de terceros, tramitación en general de toda clase de documentación ante los organismos

oficiales y privados. Posibilidad de efectuar prestaciones de personal de todo tipo a los consorcios administrados.

Asesoramiento integral y registro de toda clase de operaciones de compraventa, ya sea de inmuebles o de toda

clase de bienes registrables, en el orden nacional, provincial o municipal. La aceptación, desempeño y otorgamiento

de representaciones, comisiones y mandatos en general. Toda actividad que en virtud de la materia haya sido

reservada a profesionales con título habilitante, será realizada por intermedio de éstos.- J) EXPORTADORA E

IMPORTADORA: La importación y exportación de toda clase de bienes, mercaderías y servicios relacionados con

el objeto social y la realización de todos los trámites necesarios para el desarrollo de tal actividad.- K) MANDATARIA

- FIDUCIARIA: Mediante el ejercicio de representaciones, agencias, comisiones y mandatos; pudiendo actuar

también como fiduciaria en toda clase de fideicomisos de administración, inmobiliarios y de gerenciamiento,

excepto en los fideicomisos financieros. L) FINANCIERA: La sociedad podrá realizar la financiación de las

operaciones sociales obrando como acreedor prendario en los términos del artículo 5 de la ley 12.962 y realizar las

operaciones necesarias de carácter financiero permitidas por la legislación vigente, siempre con dinero propio. No

realizará las comprendidas en la ley 21.526 o cualquier otra que se dicte en lo sucesivo en su reemplazo o requiera

de la intermediación en el ahorro público. 5.- 99 años. 6.- $ 40.000.000. 400.000 cuotas vn $ 100 y derecho a 1

voto cada una. Suscripción: Edgar RUIZ DIAZ $ 20.400.000. Ricardo Martín SANCHEZ DILLON $ 19.600.000,

Integración: 25% y saldo a dos años. 7.- Gerente: Edgar RUIZ DIAZ. Domicilio especial en la sede social. Mandato

por plazo de duración de la sociedad. 8.- Prescinde del órgano de fiscalización. 9.- 31 de diciembre.- Autorizado

según instrumento público Esc. Nº 7 de fecha 30/01/2026 Reg. Nº 239

Andrea Vanina Cadenas - Matrícula: 4976 C.E.C.B.A.

e. 05/02/2026 N° 5564/26 v. 05/02/2026