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N° 2388/2025 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO 31 - SECRETARIA NRO 62

Edictos Judiciales miércoles, 11 de febrero de 2026

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO 31 - SECRETARIA NRO 62

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 31, a cargo de Sebastián I. Sánchez Cannavó

(subrogante), Secretaría N° 62 a cargo del Dr. Gustavo Fernández, sito en Montevideo 546, 8º piso, CABA, comunica

por cinco días que en la causa “Mancebo Enrique Gabriel s/ quiebra (Expte. N° 2388/2025) “ el 19/11/2025 se

decretó la quiebra de ENRIQUE GABRIEL MANCEBO (DNI 18.097.446 - CUIT 20 -18097446-7); con domicilio

en Tres Arroyos 632, CABA. Se designó al Síndico contador Carlos Alberto Masnatta, con domicilio en la calle

Paraguay 1365 piso 4° “29” CABA, teléfono 4812-7253, mail: alambrecht@alabfin.com. Los acreedores deberán

presentar ante el síndico las peticiones de verificación de sus créditos hasta el día 9/3/2026 (LCQ 32) en forma

electrónica enviando las insinuaciones al correo electrónico; el CBU para el depósito alambrecht@alabfin.com del

arancel es 0340018008719365953004 (ALIAS: IDEAL.ENERO.PERA). El plazo para realizar impugnaciones vence

el 23/3/2026. Se fija hasta el 9/4/2026 el plazo para la presentación del informe individual (arts. 35 y 200 LCQ) y

hasta el 22/5/2026 para la presentación del informe general (arts. 39 y 200 LCQ). La resolución judicial relativa

a los alcances y procedencia de los créditos insinuados será dictada -a más tardar- el 23/4/2026 (arts. 36 y 200

LCQ). Los interesados podrán observar la fecha inicial del estado de cesación de pagos propuesta por el síndico

hasta el día 7/7/2026 (art. 117 LCQ). Se ordena a la fallida y a terceros que entreguen al síndico los bienes de la

fallida. Se intima a la deudora para que entregue a la sindicatura los libros de comercio y demás documentación

relacionada con la contabilidad en el plazo de 24 hs (art. 88 inc. 4 LCQ). Se prohíben los pagos a la fallida, los que

serán ineficaces (art. 88 inc. 5 LCQ). Se dispone la interdicción de salida del país del fallido hasta el 22/05/2026

(art. 103 LCQ). Buenos Aires, 3 de febrero de 2026. FDO: Gustavo Daniel Fernández. Secretario. Sebastián I.

Sánchez Cannavó Juez - Gustavo Daniel Fernández. Secretario Sebastián I. Sánchez Cannavó Juez - Gustavo

Daniel Fernández. Secretario

e. 06/02/2026 N° 5898/26 v. 12/02/2026