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N° 7230/26 Aviso del Boletín Oficial

ASOCIACIÓN MUTUAL DE LAS FUERZAS ARMADAS

Convocatorias y Avisos Comerciales AVISOS COMERCIALES jueves, 12 de febrero de 2026

Texto del aviso

ASOCIACIÓN MUTUAL DE LAS FUERZAS ARMADAS

Y DE SEGURIDAD (A.M.F.A.Y S.)

30682713700. Se notifica que Asociación Mutual de las Fuerzas Armadas y de Seguridad (AMFAyS) ha cedido en

propiedad fiduciaria a TMF Trust Company (Argentina) S.A., no a título personal sino en calidad de fiduciario del

Fideicomiso Financiero AMFAyS - Serie 51, la totalidad de los derechos creditorios presentes y futuros originados

por AMFAyS en el ejercicio de su actividad mutual con relación a los préstamos conformados como ayuda

económica mutual que se identifican mediante CD marca Ridata Nro HDX110230557D15 según se establece en

cada comunicación de transferencia remitida al referido fiduciario financiero, todo ello en el marco del contrato

de fideicomiso correspondiente a la Serie 51 celebrado con fecha 17 de Septiembre de 2025. La totalidad de

los préstamos que han sido cedidos en propiedad fiduciaria constituyen préstamos personales otorgados por

el cedente a sus asociados, cuyo repago se efectúa a través: (i) de un régimen de deducción de haberes para el

cumplimiento de dar sumas de dinero al que las entidades acreedoras acceden mediante la solicitud de un código

de descuento a los organismos de contralor en el marco del Decreto PEN 14/2012; (ii) en el marco de la Ordenanza

17736 del Municipio de General Pueyrredón; (iii) en el marco del Decreto 168/11 del Gobierno de la Ciudad de

Buenos Aires; (iv) en el marco del Decreto 203/17 del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; (v) en el marco

de la Ordenanza 35/200 del Poder Judicial de la Nación; (vi) en el marco el Código de Descuento N° 229 de la

Municipalidad de Rosario y del Código de Descuento del Gobierno de la Provincia de Santa Fe y (vii) en el marco del

Código de Descuento N° 447 y N° 63 de la Provincia de Rio Negro. Los préstamos cedidos en propiedad fiduciaria,

comprenden: (i) los derechos, créditos y acciones derivados o asociados a los préstamos; (ii) los pagarés librados

sobre los prestamos; (iii) el producido, las cobranzas, rentas, frutos, accesiones, emergentes de los mismos, así

como la totalidad de los documentos que los instrumenten, excluyendo los códigos de descuento de haberes

aplicables a la cobranza de los créditos que no forma parte de dicha cesión y permanecen bajo la titularidad de

AMFAyS actuando como agente de cobro y administrador de los préstamos cedidos. El presente aviso importa

notificación en los términos del Artículo 1620 del Código Civil y Comercial de la Nación y a cualquier otro efecto

que pudiera corresponder. Autorizado según instrumento privado Acta de Consejo 899 de fecha 25/01/2023

Gabriela Mónica Passarello - T°: 68 F°: 606 C.P.A.C.F.

e. 12/02/2026 N° 7230/26 v. 12/02/2026