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N° 9797/26 Aviso del Boletín Oficial

LOGCEN S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS miércoles, 25 de febrero de 2026

Texto del aviso

LOGCEN S.A.

CUIT: 33-71593838-9. Por Asamblea General Extraordinaria de fecha 22/12/2025 se resolvió modificar los siguientes

artículos del estatuto Social: (i) Artículo Tercero, el cual quedó redactado de la siguiente manera: ‘’ARTICULO

TERCERO: OBJETO: Tiene por objeto realizar por cuenta propia o de terceros y/o asociada a terceros tanto dentro

de la República Argentina como en el exterior, operaciones financieras y de inversión en los términos del artículo

31, primer párrafo de la Ley 19.550, incluyendo el otorgamiento o la toma de préstamos con o sin garantía, a corto

o a largo plazo, conceder créditos, otorgar avales, finanzas u otras garantías, otorgar anticipos sobre créditos

provenientes de ventas, adquirirlos, asumir riesgos, gestionar su cobro y prestar asistencia técnica y administrativa,

otorgar adelantos de dinero con o sin garantía real o personal, participar en proyectos de financiamiento (“Project

Finance”), realizar aportes de capitales a personas o a otras sociedades constituidas o a constituirse, para

financiar operaciones realizadas o a realizarse, así como la emisión y compraventa de acciones, debentures,

obligaciones negociables y toda clase de valores mobiliarios y papeles de crédito de cualquiera de los sistemas

o modalidades creados o a crearse, por cuenta propia, o en representación de terceros o asociada a terceros,

en la República Argentina o en el Exterior. La Sociedad puede también con fines de inversión adquirir, desarrollar

y enajenar muebles e inmuebles de cualquier clase, así como también gravar los mismos y darlos y tomarlos en

locación, concesión o leasing. Asimismo, podrá participar en fideicomisos, sean estos financieros o no, ya sea

como fiduciante, fiduciario, beneficiario o fideicomisario, sin perjuicio de realizar cualquier actividad que tenga

relación con su objeto social. Exceptúense las operaciones comprendidas en la Ley de Entidades Financieras.

Para su cumplimiento, la sociedad podrá efectuar todos los actos y contratos que directa o indirectamente tiendan

a favorecer su desarrollo siempre que se relacionen con el objeto social.’’; (ii) Artículo Cuarto, por medio del cual

se fijó el capital social en la suma de $ 120.000.000, el cual se divide en 12.000 acciones ordinarias, nominativas

no endosables con derecho a un voto por acción y de un valor nominal de $ 10.000 cada acción, representadas

en 4 clases (A-B-C-D) representativas cada una de ellas de la suma de $ 30.000.000; (iii) Artículo Quinto, por

medio del cual se dispuso la posibilidad de aumentar el capital Social dentro del quíntuplo, de conformidad con

el art. 188 de la Ley 19.550, respetando la proporcionalidad de las clases de acciones existentes; (iv) Artículo

Sexto, por medio del cual se reguló la transmisibilidad de las acciones (v) Artículo Séptimo, por medio del cual

se adecuó el régimen de garantías de los administradores a la normativa de la Inspección General de Justicia e

incorporó la posibilidad de celebrar las reuniones de Directorio a distancia; (vi) Artículo Noveno, por medio del

cual se estableció la fiscalización privada de la Sociedad y; (vii) Artículo Décimo, por medio del cual se incorporó

la posibilidad de celebrar las reuniones de Asamblea a distancia. Autorizado según instrumento privado acta de

Asamblea General Extraordinaria de fecha 22/12/2025

Ernesto Jose Genco - T°: 78 F°: 71 C.P.A.C.F.

e. 25/02/2026 N° 9797/26 v. 25/02/2026