N° 11201/26 Aviso del Boletín Oficial
INFINITY COMBUSTIBLES S.A.S.
Texto del aviso
INFINITY COMBUSTIBLES S.A.S.
30719254868 - Por asamblea del 10/2/26 se reformo el ARTÍCULO TERCERO. Objeto: “1) La distribución
minorista de combustibles, como Comercializador Industrial utilizando vehículos tipo carrocería tanque. 2) El
almacenamiento, la administración y manejo a cualquier título de combustibles de propiedad de terceros, de
conformidad con lo previsto en la Ley y sus reglamentos; 3) La prestación de servicios de lubricación, lavado general
y/o de motor, cambio y reparación de llantas, alineación y balanceo, servicio de diagnóstico, trabajos menores
de mantenimiento automotor y demás servicios afines. 4) El montaje, construcción y explotación comercial de
plantas de abastecimiento y estaciones de servicio para recibo, almacenamiento, venta, distribución y expendio
de combustibles y de productos petroquímicos. 5) La importación, exportación, compra, venta y fabricación
de partes automotrices de todo tipo, repuestos y accesorios en general, aceites, lubricantes, bases y aditivos
utilizados en automotores y maquinaria en general. 6) La explotación de establecimientos gastronómicos y de
venta y expendio de alimentos y bebidas dentro de los establecimientos indicados en el punto 4) 5) Operaciones
Financieras: Realización de negocios financieros con fondos propios (sin acudir al ahorro público ni intermediación
financiera regida por la Ley 21.526), incluyendo el financiamiento de operaciones de crédito entre particulares o
comerciantes. Inversiones y Activos Digitales: Inversión en acciones, títulos, securitización de carteras y todo
tipo de operaciones con criptomonedas o criptoactivos, lo que incluye el desarrollo y explotación de plataformas
electrónicas para tales fines. Mercado de Capitales: Prestación de servicios de corredor de bolsa, exceptuando
operaciones bajo la Ley de Entidades Financieras. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad cuenta
con plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones. Asimismo, se especifica que para
cada asesoramiento se contratará a los profesionales con la incumbencia correspondiente.” Autorizado según
instrumento privado Asamblea de fecha 10/02/2026
CRISTIAN JAVIER LOPEZ - Habilitado D.N.R.O. N° 3649
e. 03/03/2026 N° 11201/26 v. 03/03/2026