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N° 11352/26 Aviso del Boletín Oficial

SUAVITER S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA martes, 3 de marzo de 2026

Texto del aviso

SUAVITER S.R.L.

CUIT 30-71202514-6. Se hace saber que por Acta de Reunión de Socios N° 21 de fecha 29 de septiembre de

2025 se resolvió Reformar el Artículo Tercero del Estatuto Social el que quedará redactado del siguiente modo:

“TERCERA: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros en el

país o en el extranjero a las siguientes actividades: 1) INDUSTRIAL, COMERCIAL Y SERVICIOS, relacionados con

todo tipo de productos alimenticios; a cuyo efecto podrá realizar la industrialización, fabricación, producción,

envasado, fraccionamiento, refrigeración, comercialización, compra, venta, administración, importación,

exportación, depósito, distribución, consignación, comisión y representación al por mayor y menor de materias

primas, productos y subproductos, relacionados con lo indicado al principio. 2) INDUSTRIAL, COMERCIAL Y

SERVICIOS, relacionados con preparados para limpieza, pulido y saneamiento; a cuyo efecto podrá realizar la

industrialización, fabricación, producción, envasado, fraccionamiento, refrigeración, comercialización, compra,

venta, administración, importación, exportación, depósito, distribución, consignación, comisión y representación

al por mayor y menor de materias primas, productos y subproductos, relacionados con lo indicado al principio;

y de domisanitarios incluyendo sustancias, o preparaciones destinadas a la limpieza, lavado, odorización,

desodorización, higienización, desinfección o desinfectación para su utilización en el hogar, y/o ambientes colectivos

públicos o privados. 3) INDUSTRIAL, COMERCIAL Y SERVICIOS relacionados con productos cosméticos logrados

con preparaciones de sustancias naturales, sintéticas o sus mezclas, de uso externo para el cuerpo humano

con el objeto de higienización, aromatización, cambio de apariencia o protección, sin proclamación de actividad

terapéutica, a cuyo efecto podrá realizar la industrialización, fabricación, producción, envasado, fraccionamiento,

refrigeración, comercialización, compra, venta, administración, importación, exportación, depósito, distribución,

consignación, comisión y representación al por mayor y menor de materias primas, productos y subproductos,

relacionados con lo indicado al principio. 4) INDSUTRIAL, COMERCIAL Y SERVICIOS, relacionados con productos

higiénicos descartables de uso externo y productos higiénicos de uso intravaginal, como pañales para bebé,

pañales para adultos, absorbentes de leche materna, toallitas femeninas, copa menstrual, etcétera; a cuyo efecto

podrá realizar la industrialización, fabricación, producción, envasado, fraccionamiento, comercialización, compra,

venta, administración, importación, exportación, depósito, distribución, consignación, comisión y representación

al por mayor y menor de materias primas, productos y subproductos, relacionados con lo indicado al principio.

5) COMERCIALIZACIÓN de especialidades médicas de venta libre como analgésicos, antifúngicos, laxantes,

suplementos dietarios, cremas antialérgicas, prazoles, etcétera; a cuyo efecto podrá realizar la comercialización,

compra, venta, administración, importación, exportación, depósito, distribución, consignación, comisión

y representación al por mayor y menor de dichos productos. En relación con las actividades precedentes, la

Sociedad podrá importar y exportar bienes y contratar mandatos y comisiones. Todas las actividades se realizarán

conforme las normas sanitarias y regulatorias aplicables y, cuando corresponda, por profesionales con título

habilitante. La Sociedad podrá realizar actividades complementarias, accesorias y conexas necesarias para el

cumplimiento de su objeto. La enumeración de actos jurídicos permitidos por la ley se tiene por omitida a efectos

de evitar repeticiones innecesarias. A tales fines, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos,

contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes, reglamentaciones vigentes y por

este estatuto. Cuando las actividades lo requieran serán desarrolladas por profesionales con título habilitante.”

Autorizado según instrumento privado Autorización de fecha 26/02/2025

RODRIGO MARTIN VERGARA DOMINGUEZ - T°: 147 F°: 338 C.P.A.C.F.

e. 03/03/2026 N° 11352/26 v. 03/03/2026