N° 12500/26 Aviso del Boletín Oficial
CAMPOS DE INVERNADA S.A.
Texto del aviso
CAMPOS DE INVERNADA S.A.
30-60484655-9. Por Acta de Asamblea del 24/02/2026 se resolvió por unanimidad modificar los Artículos: (i)
Tercero, quedando el mismo redactado de la siguiente manera: “ARTICULO TERCERO: La sociedad tiene por
objeto realizar por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, las siguientes
actividades:
a) Agropecuarias: La explotación agropecuaria en todas sus formas, comprendiendo agricultura, ganadería,
avicultura, apicultura, acuicultura, silvicultura, horticultura, fruticultura y, en general, toda actividad destinada
a la obtención, producción, reproducción, crianza, transformación, conservación, industrialización, empaque,
acondicionamiento, almacenamiento, transporte y comercialización, en estado natural o procesado, de bienes,
productos, subproductos y derivados de origen vegetal, animal o mixto, destinados al consumo humano, animal
o industrial.
La explotación de establecimientos agrícolas, ganaderos, apícolas, avícolas, de tambo y de granja; la instalación
de campos de invernada y cabañas para cría de ganado de todo tipo y especie, su producción y cruza; la cría,
reproducción, recría y entrenamiento de caballos destinados a carreras, polo y otras disciplinas ecuestres; y la
agricultura en todas sus etapas, desde la siembra de toda especie vegetal hasta su cosecha, envase y acopio de
sus productos.
Asimismo, la elaboración, producción, compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización
de toda clase de insumos, materias primas, semillas, fertilizantes, fitosanitarios, pesticidas, medicamentos
veterinarios, alimentos balanceados, maquinaria, herramientas y tecnología vinculada al sector agropecuario.
b) Servicios agropecuarios: La prestación de servicios a terceros vinculados con la actividad agropecuaria,
incluyendo labores agrícolas, fumigación, pulverización y aplicación de agroquímicos mediante equipos terrestres
o aéreos, preparación y tratamiento de suelos, siembra, cosecha y demás tareas rurales conexas.
Asimismo, prestar y recibir servicios de asistencia técnica, capacitación, investigación, desarrollo, mejoramiento
genético, fertilización, riego, control sanitario, protección fitosanitaria, mecanización agrícola, asesoramiento
ambiental y en sostenibilidad.
La adquisición, fabricación, importación, exportación, venta, locación y alquiler —con o sin operarios— de
maquinarias e implementos agrícolas y demás equipos rurales.
c) Inmobiliarias: Realizar inversiones inmobiliarias mediante la adquisición, explotación, arrendamiento, locación,
sublocación, fraccionamiento, construcción, desarrollo y administración de inmuebles en general, ya sean urbanos
o rurales, incluso las operaciones comprendidas en las leyes y reglamentaciones de propiedad horizontal.
Asimismo, adquirir, locar, arrendar, poseer, gravar, administrar, explotar y enajenar fincas rústicas, predios rurales,
establos, granjas, potreros, invernaderos, bosques, plantaciones, criaderos, viveros, centros de acopio, plantas de
beneficio, frigoríficos, empacadoras y, en general, toda clase de bienes muebles e inmuebles, equipos, maquinarias,
vehículos e insumos necesarios o convenientes para el cumplimiento del objeto social.
d) Comerciales: La compraventa, importación, exportación, representación, comisión, consignación, distribución y
comercialización de haciendas, cereales, oleaginosas, materias primas, productos elaborados y semielaborados,
subproductos y mercaderías vinculadas con las actividades comprendidas en el objeto social.
e) Financieras y de inversión: Constituir, adquirir, poseer, administrar y enajenar participaciones, acciones, cuotas o
derechos en sociedades, asociaciones civiles, uniones temporales, consorcios y demás entes jurídicos, nacionales
o extranjeros, cuyo objeto sea afín, complementario o conexo.
Celebrar actos y contratos de crédito y financiamiento con entidades públicas o privadas, nacionales o extranjeras,
incluyendo arrendamientos financieros (leasing), otorgamiento y constitución de garantías reales o personales,
emisión de obligaciones negociables y bonos verdes conforme la legislación vigente y demás operaciones
financieras necesarias para el cumplimiento del objeto social.
Y en general, ejecutar todos los actos, operaciones y negocios jurídicos conexos, complementarios o necesarios
que le permitan la consecución y desarrollo de su objeto social, sin que ello implique el ejercicio de actividades que
conforme a la ley estén reservadas a entidades sometidas a régimen especial o requieran autorización o licencia
específica de autoridad competente, las cuales solo se emprenderán previa obtención de las correspondientes
habilitaciones y con estricto cumplimiento de la normativa aplicable.” (II) Once, quedando el mismo redactado de
la siguiente manera: “ARTICULO ONCE: La sociedad prescinde de la sindicatura conforme lo dispuesto por el
artículo 284 de la Ley 19.550. En el supuesto de quedar comprendida en cualquiera de los incisos del artículo 299
de la citada ley, la Asamblea deberá designar síndico titular y síndico suplente por el término legal correspondiente”
Autorizado según instrumento privado Acta de Asamablea de fecha 24/02/2026
GUSTAVO ADOLFO CARLINO - T°: 117 F°: 96 C.P.C.E.C.A.B.A.
e. 06/03/2026 N° 12500/26 v. 06/03/2026