N° 12205/26 Aviso del Boletín Oficial
TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL - CORRIENTES
Texto del aviso
TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL - CORRIENTES
EDICTO: Por disposición de S. Sa. el Señor Juez de Ejecución ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de
Corrientes, Dr. FERMÍN AMADO CEROLENI, se ha ordenado la publicación en el Boletín Oficial, por el termino
de cinco (5) días, de lo dispuesto en la Sentencia de Nº 157, con fecha del 22 de octubre de 2025, en la causa
Nº FCT 1434/2023 caratulada: ““Bernal, Lucía Jazmín y otros/ Inf. Ley 23.737”, respecto de: Walter Daniel Sena,
DNI N° 33.065.509, con domicilio en Barrio Lomas del Mirador, calle Málaga N° 4713 y calle 31 de esta ciudad
capital, soltero, con estudios secundarios completos, técnico en refrigeración y electricista, hijo de Ramona Elvira
Sena, nacido el 21/03/1987 en Concepción, Corrientes, de 38 años de edad.-, la que dispone: “SENTENCIA Nº 157,
con fecha del 22 de octubre de 2025.- Y VISTOS: Por los fundamentos que instruye el Acuerdo precedente; SE
RESUELVE: 1º) … 2º) …3º) CONDENAR a WALTER DANIEL SENA, de los demás datos personales obrantes al
inicio, a la pena de CINCO DE PRISIÓN, accesorias legales, multa de cuarenta y cinco (45) unidades fijas y costas,
como autor penalmente responsable del delito previsto y reprimido en el Art. 5 inc. “c”, de la ley 23737, en la
modalidad de tenencia de estupefaciente con fines de comercialización (Arts. 5to. inciso “c” Ley 23.737, 12; 19;
29 y 45 del Código Penal y 530, 531 y 533 del CPPN). La multa deberá hacerse efectiva en el término de treinta
días de quedar firme la presente, bajo apercibimiento de su ejecución. 4º) … 5º) … 6º) … Regístrese. Notifíquese.
Cúmplase con la Acordada 10/2025 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y Ccs., sobre la publicación de
resoluciones judiciales, comuníquese al Registro Nacional de Reincidencia, al juzgado que instruyó, a la fuerza
que previno y donde más pudiera corresponder. Firme que sea practíquese por secretaría el cómputo de pena y
remítase junto con las actuaciones que correspondan al conocimiento del juez de ejecución penal a los fines de
su competencia. Corresponde mi apartamiento para continuar interviniendo (Art. 431 bis, inciso 4to. del C.P.P.)
y remitir la causa al juez que siga en orden de turno. Oportunamente ARCHÍVESE. - Fdo.:. Fdo.: Dr. Eduardo
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.865 - Segunda Sección 94 Viernes 6 de marzo de 2026
Ariel Belforte – Juez de Cámara – Tribunal Oral en lo Criminal federal – Corrientes.- Ante mí: Dra. Maryan Victoria
Figuerero.- Secretaria – Tribunal Oral en lo Criminal Federal – Corrientes.- DR. FERMIN AMADO CEROLENI Juez -
DR. SEBASTIAN AVILA SECRETARIO DE EJECUCION PENAL
e. 05/03/2026 N° 12205/26 v. 11/03/2026