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N° 12819/26 Aviso del Boletín Oficial

HUELLA ANDINA S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS lunes, 9 de marzo de 2026

Texto del aviso

HUELLA ANDINA S.A.

30718082052 - Por Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de fecha 3 de marzo de 2026 se resolvió

por unanimidad modificar el artículo cuarto del estatuto social, el cual queda redactado de la siguiente forma:

“ARTICULO CUARTO. OBJETO: La sociedad tiene por objeto realizar, por cuenta propia, de terceros y/o asociada

a terceros, en el país o en el extranjero, las siguientes actividades: a) Actividades vinculadas al sector salud:

La organización, administración y gerenciamiento de establecimientos destinados a la prestación de servicios

vinculados a la salud, consistentes exclusivamente en la puesta a disposición de profesionales independientes

con título habilitante de infraestructura, equipamiento, insumos no reservados y servicios administrativos

necesarios para el desarrollo de su actividad, sin que la sociedad ejerza en forma directa profesiones liberales

reguladas. Asimismo, la administración, coordinación operativa y auditoría de servicios y redes de prestadores

de salud, actuando exclusivamente por cuenta y orden de terceros, sin asumir riesgo asegurador ni brindar

cobertura médico-asistencial en nombre propio, quedando expresamente excluidas las actividades reguladas

por la normativa aplicable a empresas de medicina prepaga y entidades financieras; b) Comercialización de

insumos y equipamiento para la salud: La compra, venta, importación, exportación, representación, consignación,

distribución y comercialización al por mayor y/o menor de insumos hospitalarios, material descartable, mobiliario

clínico, instrumental quirúrgico, equipamiento médico, productos sanitarios, de diagnóstico, reactivos, y todo otro

producto o bien mueble vinculado a la atención de la salud humana, la salud animal y la actividad hospitalaria en

general. A tales fines, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones

y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o este contrato, pudiendo solicitar las habilitaciones,

inscripciones y autorizaciones administrativas que correspondan para el desarrollo de los rubros descriptos. En

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.866 - Segunda Sección 8 Lunes 9 de marzo de 2026

ningún caso la realización de las actividades previstas en el presente objeto implicará para la sociedad el ejercicio

de profesiones liberales que requieran título habilitante, las que, cuando correspondan, serán llevadas a cabo por

profesionales independientes matriculados y habilitados a tal fin.” Autorizado según instrumento privado Asamblea

Extraordinaria de fecha 03/03/2026

Alejandro Mauricio Belieres - T°: 35 F°: 648 C.P.A.C.F.

e. 09/03/2026 N° 12819/26 v. 09/03/2026