W20 Argentina W20Argentina

N° 12207/26 Aviso del Boletín Oficial

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL - CORRIENTES

Edictos Judiciales martes, 10 de marzo de 2026

Texto del aviso

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL - CORRIENTES

EDICTO: Por disposición de S. Sa. el Señor Juez de Ejecución ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de

Corrientes, Dr. FERMÍN AMADO CEROLENI, se ha ordenado la publicación en el Boletín Oficial, por el termino

de cinco (5) días, de lo dispuesto en la Sentencia de Nº 143, con fecha del 25 de septiembre de 2025, en la

causa Nº FCT 602/2024/TO1 caratulada: “MIÑO, Lázaro Francisco S/ Infracción Ley 23.737”, respecto de: Lázaro

Francisco Miño, DNI N° 24.387.197, argentino, nacido en la ciudad de San José de Feliciano, provincia de entre Ríos;

el 4 de octubre de 1976, instruido (primaria incompleta), albañil, soltero, con domicilio en calles San Andrés y Atilio

Tisocco del barrio “Industrial” de la localidad de Mocoretá; departamento de Monte Caseros, de esta provincia; es

hijo de María Benítez y de Ramón Miño.-, la que dispone: “SENTENCIA Nº 143. con fecha del 25 de septiembre de

2025.- Y VISTOS: Por los fundamentos que instruye el Acuerdo precedente; SE RESUELVE: 1º) … 2º) CONDENAR

a LÁZARO FRANCISCO MIÑO, D.N.I. N° 24.387.197, de los demás datos personales obrantes al inicio a la, pena de

cuatro años de prisión, multa de cuarenta y cinco (45) unidades fijas, la que deberá hacerse efectiva en el término

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.867 - Segunda Sección 98 Martes 10 de marzo de 2026

de treinta días de quedar firme la presente, accesorias legales y costas, como autor penalmente responsable del

delito previsto y reprimido en el art. 5 inc. C de la ley 23737, en la modalidad de tenencia de estupefacientes con

fines de comercialización (arts. 12; 19, 29 y 45 del Código Penal y 530, 531 y 533 del CPPN).3º) 4º) … 5ºRegístrese.

Notifíquese. Cúmplase con la Acordada 10/2025 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y ccs., sobre la

publicación de resoluciones judiciales. Comuníquese al Registro Nacional de Reincidencia, al juzgado que instruyó,

a la fuerza que previno y donde más pudiera corresponder. Firme que sea practíquese por secretaría el cómputo

de pena y remítanse las actuaciones que correspondan al conocimiento del juez de ejecución penal a los fines de

su competencia. Oportunamente ARCHÍVESE.- Fdo.: Dr. Eduardo Ariel Belforte – Juez de Cámara - Tribunal Oral

en lo Criminal federal – Corrientes.- Ante mí: José Alfredo Rach.- Secretaria – Tribunal Oral en lo Criminal Federal –

Corrientes.- DR. FERMIN AMADO CEROLENI Juez - DR. SEBASTIAN AVILA SECRETARIO DE EJECUCION PENAL

e. 05/03/2026 N° 12207/26 v. 11/03/2026