N° 13809/26 Aviso del Boletín Oficial
IRON SOL S.R.L.
Texto del aviso
IRON SOL S.R.L.
CUIT 30-71562058-4. Por Acta de Reunión de Socios de fecha 26 de febrero de 2026 se resolvió: (i) designar
a la Sra. Sofía María Vila como Gerente Titular. La Sra. Vila aceptó su cargo y constituyó domicilio especial en
Juana Manso 205, Piso 7, CABA; y (ii) Reformar la Cláusula 6° del Contrato Social conforme al siguiente detalle:
“CLAUSULA SEXTA: La administración, representación legal y uso de la firma social estará a cargo de uno o
más gerentes, socios o no, quienes actuarán individual e indistintamente y permanecerán en sus funciones por
tiempo indeterminado. En caso de pluralidad de Gerentes, estos ejercerán la representación en forma individual
e indistinta, salvo que la Reunión de Socios disponga un régimen de actuación conjunta. En el ejercicio de sus
funciones, los gerentes deberán realizar todos los actos necesarios o convenientes para los negocios sociales,
pudiendo realizar al efecto incluso aquellos para los cuales la ley requiere poderes especiales conforme artículo 969
del Código Civil y Comercial de la Nación y el artículo 9 del Decreto Ley Número 5965/63, siempre que tales actos
respondan al giro normal de los negocios y constituyan parte del objeto de la Sociedad. Podrán, en consecuencia,
comprar, vender, permutar, transferir, alquilar y prendar toda clase de bienes muebles, créditos, títulos de crédito,
por los precios, plazos, cantidades y formas de pago y demás condiciones que estimen convenientes; celebrar
contratos de locación; cobrar y percibir todo lo que se adeude a la Sociedad; establecer sucursales o agencias
dentro del territorio de la República, pudiendo asignarles capital determinado: contratar empleados, asignarles
tareas, trasladarlos y separarlos de la sociedad; conferir poderes de administración y/ o judiciales, especiales
o generales, y revocarlos, cuantas veces lo creyeren conveniente; promover querellas criminales; convocar a
reuniones de socios; dictar reglamentos internos para la mejor organización de la Sociedad; realizar todo tipo
de operaciones con entidades financieras oficiales o privadas, nacionales o extranjeras; solicitar la apertura de
cuentas corrientes y caja de ahorro; dar y tomar préstamos destinados a la actividad de la sociedad; cuantos
más actos sean necesarios, para el cabal desempeño de sus funciones, los que se considerarán facultados en
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.868 - Segunda Sección 34 Miércoles 11 de marzo de 2026
tanto no sean prohibidos o restringidos por la ley o el presente contrato. Los gerentes serán responsables y
responderán frente a la sociedad y los demás socios individual o solidariamente, por los incumplimientos a sus
deberes conforme al criterio del Art. 59 de la ley 19.550. En garantía del buen desempeño de su cargo, cada uno de
los Gerentes titulares designados deberán constituir a favor de la sociedad una garantía en la forma que determine
la reglamentación vigente”. Autorizado según instrumento privado Acta de Reunión de Socios de fecha 26/02/2026
JULIETA MAGALI GRAZIANO - T°: 146 F°: 433 C.P.A.C.F.
e. 11/03/2026 N° 13809/26 v. 11/03/2026