W20 Argentina W20Argentina

N° 13347/26 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 31 - SECRETARIA NRO. 61

Edictos Judiciales viernes, 13 de marzo de 2026

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 31 - SECRETARIA NRO. 61

EDICTO: El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 31, a cargo interinamente del Dr. Sebastián

Sánchez Cannavo, Secretaría Nº 61, a cargo de la Dra. Aimara Di Nardo, sito en Montevideo 546, piso 7°, CABA,

comunica por cinco días en las actuaciones “SAGASTI, SANTIAGO s/QUIEBRA” (Expte. COM 21101/ 2024), que

con fecha 27/02/2026 se decretó la quiebra de SAGASTI, SANTIAGO DNI: 35.311.193 CUIT: 20-35311193-1, con

domicilio en Charcas 2902 de CABA. Se hace saber que los acreedores deberán presentar las peticiones de

verificación y los títulos justificativos de sus créditos ante el síndico Miguel Ángel Marceesi, con domicilio en la calle

Avda. Avellaneda 1135 piso15 “D” de esta ciudad electrónico 20-055407185-0 y Teléfono N° 4811-2269 y 4433-

2158 hasta el día 05/05/2026 (art. 32 LCQ). Los pretensos acreedores deberán enviar las copias de sus pedidos de

verificación de manera digital en formato “PDF” a la dirección de correo electrónico: estudioyaryurarivello@gmail.

com, consignando en el asunto el nombre de la quiebra. En el escrito de insinuación deberán indicar sus datos de

identificación completos: nombre y apellido, DNI, CUIT, domicilio real y constituido, domicilio electrónico, teléfono,

correo electrónico, CBU y todo otro dato útil a los efectos de facilitar la ubicación de dichas personas y simplificar

trámites ante un eventual cobro. Los archivos se enviarán conforme el protocolo de actuación de la Ac. nº 31/2020

CSJN para escritos judiciales.. El arancel verificatorio deberá ser transferido o depositado en la cuenta de Pablo

Mariano Yaryura (CUIT 20-24036719-0), n° 100-100758529-000 con CBU: 0340100808100758529009. El plazo

para formular impugnaciones y observaciones ante el síndico vence el día 19/05/2026. El informe individual (art. 35

LCQ) será presentado por el síndico el día 19/06/2026. La resolución judicial relativa a los alcances y procedencia

de los créditos insinuados (art. 36 LCQ) será dictada –a más tardar- el día 03/07/2026. El informe general será

presentado por el síndico el día 19/08/2026. (art. 39LCQ). Se hace saber al fallido que deberá poner todos sus

bienes a disposición del Juzgado en forma apta para que los funcionarios de la quiebra puedan tomar su inmediata

y segura posesión (arts. 86, 88 inc. 3° y 106 LCQ); y se lo intima a entregar al síndico dentro de las 24 horas los

libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad (inciso 4° del art. 88 LCQ); y para que

dentro de las 48 horas constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación del juicio, bajo apercibimiento de

tenerlo por constituido en los estrados del juzgado (inciso 7° del art. 88 LCQ). Publíquese edictos por cinco días

en el “BOLETÍN OFICIAL. Buenos Aires, de marzo de 2026. Sebastián Sánchez Cannavo Juez - Aimara Di Nardo

secretaria

e. 10/03/2026 N° 13347/26 v. 16/03/2026