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N° 483/2024 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO.

Edictos Judiciales lunes, 16 de marzo de 2026

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO.

7 - SECRETARÍA NRO. 13

El Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 7, Secretaría N° 13, notifica a Mauricio Eduardo MOLINA (D.N.I.

N° 29.708.761) de lo dispuesto por el tribunal, en la causa N° 483/2024, caratulada: “LEGION SECURITY S.A.

SOBRE INFRACCIÓN LEY 27.430”:”Buenos Aires, 12 de marzo de 2026. I.- Por recibidas las cédulas de notificación

libradas, agréguense. II.- En atención a lo informado a fojas 330 vta. y 333, por los oficiales notificadores, notifíquese

por edictos a publicar por un día (art. 150, del C.P.P.N.), lo resuelto respecto de “LEGION SECURITY S.A.” (C.U.I.T.

N° 30-71623798-9) y de Mauricio Eduardo MOLINA (D.N.I. N° 29.708.761).- FDO: JUAN P. GALVÁN GREENWAY

– JUEZ, ANTE MI: A. MARIANA ZABALA DUFFAU, SECRETARIA”. “Buenos Aires, 20 de febrero de 2026. AUTOS

Y VISTOS: ... Y CONSIDERANDO: Por las razones expresadas, corresponde y así RESUELVO: I.- SOBRESEER

TOTALMENTE a “LEGION SECURITY S.A.” (C.U.I.T. N° 30-71623798-9) y a Mauricio Eduardo MOLINA (D.N.I.

N° 29.708.761), en orden a la presunta apropiación indebida de los recursos de la seguridad social retenidos al

personal en relación de dependencia de “LEGION SECURITY S.A.”, correspondiente a los períodos mensuales

recordados por el considerando 2° de la presente, porque aquellas omisiones ya no encuadran en una figura legal

(artículo 336 inciso 3°, del C.P.P.N., 7 del Régimen Penal Tributario establecido por el artículo 279, modificado por la

ley N° 27.799 (B.O 2/1/2026), 2 del Código Penal, 18 y 75 inciso 22, de la Constitución Nacional y 9 de la C.A.D.H.).

II.- DECLARAR que la formación del presente sumario, no afecta el buen nombre y honor del cual hubiere gozado

Mauricio Eduardo MOLINA (D.N.I. N° 29.708.761), con relación a las omisiones mencionadas por el considerando

2° de la presente (artículo 336, último párrafo). III.- SIN COSTAS (artículos 530 y 531 “in fine” del C.P.P.N.).- FDO:

JUAN P. GALVÁN GREENWAY - JUEZ, ANTE MI: A. MARIANA ZABALA DUFFAU, SECRETARIA”. Juan GALVÁN

GREENWAY Juez - A. Mariana ZABALA DUFFAU secretaria

e. 16/03/2026 N° 15060/26 v. 16/03/2026