N° 1072/2025 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO.
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO.
7 - SECRETARÍA NRO. 13
El Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 7, Secretaría N° 13, notifica a Isaias Gaspar Leonel MARTINEZ
(D.N.I. N° 43.202.258) de lo dispuesto por el tribunal, en la causa N° 1072/2025, caratulada: “MM SALUD S.A.
Y OTROS SOBRE INFRACIÓN LEY 27.430”: “Buenos Aires, 16 de marzo de 2026. AUTOS Y VISTOS: ... Y
CONSIDERANDO: ... Por las razones expresadas, de conformidad con lo dictaminado por el señor representante
del Ministerio Público Fiscal, corresponde y así RESUELVO: I.- SOBRESEER TOTALMENTE a “MM SALUD S.A.”
(C.U.I.T. 30 -71690197-8), a Zaira Guadalupe Ailén MARTÍNEZ (D.N.I. Nº 41.539.462) y a Isaías Gaspar Leonel
MARTÍNEZ (D.N.I. Nº 43.202.258), con relación a la presunta evasión agravada del pago del impuesto sobre los
Créditos y Débitos Bancarios de “MM SALUD S.A.”, correspondiente a los ejercicios anuales 2021 y 2022, por las
sumas de $ 23.609.855,71 y $ 3.241.415,95 respectivamente, porque aquellas conductas ya no encuadran en una
figura penal (artículos 335, 336 inciso 3° del C.P.P.N., 1 y 2 incisos a) y c) del Régimen Penal Tributario y Previsional
establecido por el artículo 279 de la ley N° 27.430, modificado por la Ley N° 27.799 (B.O. 2/1/2026), 2 del Código
Penal, 18 y 75 inciso 22, de la Constitución Nacional y 9 de la C.A.D.H.). II.- DECLARAR que la formación del
presente sumario, no afecta el buen nombre y honor del cual hubieran gozado Zaira Guadalupe Ailen MARTÍNEZ
e Isaías Gaspar Leonel MARTÍNEZ, con relación a las conductas recordadas por el considerando 2° de la
presente (artículo 336, último párrafo). III.- SIN COSTAS (artículos 530 y 531 “in fine” del C.P.P.N.). Regístrese,
protocolícese, notifíquese al Ministerio Público Fiscal mediante cédula electrónica, y a “MM SALUD S.A.”, a Zaira
Guadalupe Ailén MARTÍNEZ y a Isaías Gaspar Leonel MARTÍNEZ, mediante la publicación de edictos, por un día.
Firme, comuníquese al Registro Nacional de Reincidencia y a la A.R.C.A./D.G.I. en los términos del artículo 20 del
Régimen Penal Tributario y Previsional. Fecho, archívese, previa certificación actuarial.- FDO: JUAN P. GALVÁN
GREENWAY - JUEZ, ANTE MI: A. MARIANA ZABALA DUFFAU, SECRETARIA”. Juan GALVÁN GREENWAY Juez
- A. Mariana ZABALA DUFFAU secretaria
e. 18/03/2026 N° 15797/26 v. 18/03/2026