N° 16312/26 Aviso del Boletín Oficial
HORNOS SIMCIC S.R.L.
Texto del aviso
HORNOS SIMCIC S.R.L.
CUIT 30-70960520-4 Por acta de reunión de socios del 18/02/2026, se designaron nuevos GERENTES: Walter
Javier Alejandro SIMCIC, DNI 28.587.123, Nahuel Fernando SIMCIC, DNI 31.938.000, Mariano SIMCIC, DNI
30.366.528, todos aceptaron cargos y constituyeron domicilio especial en nueva sede social Gabriela Mistral
3925, planta baja de CABA. Se resolvió trasladar la sede social actual sita en Mosconi 3980 de CABA a Gabriela
Mistral 3925, planta baja de CABA. Se modifica la clausula quinta del contrato social: “QUINTA: La administración,
representación legal y uso de la firma social, estará a cargo de uno o más gerentes, quienes actuarán en forma
individual e indistinta, socios o no, por todo el tiempo que dure la sociedad. En tal carácter, tienen todas las
facultades para realizar los actos y contratos tendientes al cumplimiento del objeto de la sociedad, inclusive los
previstos en el artículo 375 del Código Civil y Comercial de la Nación.- Los gerentes en aval de sus funciones
constituirán una garantía conforme las formas y condiciones que establecen la Resolución General 15/24 de
la Inspección General de Justicia, sus normas complementarias y/o las que las reemplacen en el futuro.- Los
obligados a constituir la garantía son los gerentes titulares. La garantía deberá consistir en bonos, títulos públicos
o sumas de moneda nacional o extranjera depositados en entidades financieras o cajas de valores, a la orden de
la sociedad; o en fianzas, avales bancarios, seguros de caución o de responsabilidad civil a favor de la misma,
cuyo costo deberá ser soportado por cada gerente; en ningún caso procederá constituir la garantía mediante el
ingreso directo de fondos a la caja social. Cuando la garantía consista en depósitos de bonos, títulos públicos o
sumas de moneda nacional o extranjera, las condiciones de su constitución deberán asegurar su indisponibilidad
mientras esté pendiente el plazo de prescripción de eventuales acciones de responsabilidad. Dicho plazo se
tendrá por observado si las previsiones sobre tal indisponibilidad contemplan un término no menor de tres (3)
años contados desde el cese del gerente en el desempeño de sus funciones. El monto de la garantía será igual
para todos los gerentes, no pudiendo ser inferior al sesenta por ciento (60%) del monto del capital social en
forma conjunta entre todos los titulares designados”. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 129 de fecha
03/03/2026 Reg. Nº 218
SILVINA CARLA ALBIÑANA - Matrícula: 5609 C.E.C.B.A.
e. 19/03/2026 N° 16312/26 v. 19/03/2026