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N° 16665/26 Aviso del Boletín Oficial

SANBAI SOLUCIONES ENERGÉTICAS S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS viernes, 20 de marzo de 2026

Texto del aviso

SANBAI SOLUCIONES ENERGÉTICAS S.A.

(CUIT 30-71878997-0). Por Acta de Asamblea del 31/07/2025 se resolvió: (i) ampliar el Directorio, fijando en 2 el

número de Directores Titulares y en 1 el número de Directores Suplentes, designando a Daniel Jorge Burban como

Director Titular. El Director designado aceptó el cargo y constituyó domicilio especial en 25 de Mayo 432, Piso

15°, Ciudad Autónoma de Buenos Aires; y (ii) aprobar el cambio de objeto de la sociedad, reformando el artículo

tercero del Estatuto Social, quedando redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO TERCERO: La Sociedad tiene

por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, dentro y fuera del país, a las siguientes

actividades: a) Energía: Planificación, desarrollo, ejecución y explotación de emprendimientos de generación

de energía eléctrica de cualquier fuente, incluyendo, pero no limitándose, a las de fuentes renovables para la

producción, comercialización y venta de centrales de energía eléctrica; como asimismo la venta, compra, alquiler,

leasing, importación, exportación, comercialización o distribución de toda clase de maquinarias, artefactos,

productos, servicios o implementos afines a la energía eléctrica y/o que tengan relación con los negocios de la

Sociedad, explotación de industrias y prestación de servicios de instalación, montaje, mantenimiento de todos

aquellos sistemas vinculados con la actividad energética, comercialización de energía en todas sus modalidades

incluyendo la intermediación y venta directa o a través de terceros bajo la modalidad de energía como servicio; b)

Consultoría: Asesoramiento y capacitaciones en proyectos vinculados con las actividades anteriormente descriptas

y servicios de consultoría en los rubros relacionados al ahorro energético y asesoramiento en la optimización de

recursos; c) Gas: Producir, comprar, vender y comercializar gas natural y/o cualquier otro combustible, bajo

cualquier modalidad, por sí o en representación de terceros y la construcción de gasoductos y/u obras o redes de

distribución; d) Mandatos: Mediante la representación legal y comercial de personas físicas y jurídicas, nacionales

o extranjeras, pudiendo ejercer mandatos y representaciones, dado y aceptando comisiones, consignaciones,

presentación a licitaciones públicas o privadas, administrando bienes y capitales a terceros siempre que se

relacionen a la actividad energética y a la industria de gas; e) Financieras: Actividades en inversión en sociedades

o entidades jurídicas de cualquier naturaleza vinculadas con las actividades descriptas anteriormente, pudiendo

tomar participaciones en sociedades, empresas o negocios de cualquier naturaleza mediante la creación de

sociedades o incorporación a sociedades o empresas constituidas o a constituirse, o contratos asociativos y/o

negocios en participación, mediante aportes de capital en dinero y/o en especies y/o suscripción y/o compra

y/o venta de títulos, participaciones, acciones, cuotas, bonos, obligaciones negociables, convertibles o no y/o

debentures y toda clase de valores mobiliarios creados o a crearse; otorgamiento de créditos en general, con o sin

garantías reales, a corto plazo o a largo plazo, de hipotecas, prendas y demás derechos reales o de cualquier otra

forma de las permitidas por ley; podrá dar y tomar préstamos y financiaciones en general, pudiendo realizar todo

tipo de operaciones de inversión, financieros y crédito en general, con o sin garantías, sin que implique realizar

actividades reguladas por la Ley 21.526 de Entidades Financieras ni otras que requieran el concurso público;

f) Garantías: Constituir, otorgar y suscribir a favor de terceros toda clase de garantías, reales o personales,

incluyendo, sin limitación, fianzas, avales, garantías bancarias, prendas, hipotecas y cualquier otra garantía o

caución permitida por la legislación vigente, siempre que su otorgamiento resulte en interés de la Sociedad,

guarde relación con su objeto social o contribuya el desarrollo de sus actividades; g) Telecomunicaciones: La

prestación de servicios de conexión a Internet de alta velocidad, incluyendo pero no limitando a fibra óptica;

Desarrollo, comercialización, integración y provisión de soluciones tecnológicas para empresas, incluyendo

herramientas de colaboración, aplicaciones y plataformas en la nube, servicios de infraestructura, recursos de

cómputo seguros y escalables, y demás servicios tecnológicos orientados a la transformación digital y mejora de

procesos corporativos; provisión, distribución y comercialización de soluciones de colaboración y productividad,

incluyendo pero no limitando a herramientas y plataformas basadas en la nube, incluyendo aquellas desarrolladas

por terceros; diseño, desarrollo, implementación y operación de servicios cloud, incluyendo Infraestructura como

Servicio (IaaS), así como también el alquiler y/o provisión de servidores, almacenamiento, redes y otros recursos

de infraestructura tecnológica bajo esquemas de computación en la nube; prestación de servicios profesionales,

técnicos y/o de consultoría en tecnologías de la información, telecomunicaciones, informática, seguridad

informática, soporte técnico, mantenimiento y administración de infraestructura tecnológica, incluyendo también

la tercerización de dichos servicios. Las actividades que así lo requieran deberán ser realizadas por profesionales

con título habilitante cuando así lo exijan las normas vigentes. A tales fines, la Sociedad tiene plena capacidad

jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes y/o

por este estatuto social.” Autorizado por Acta de Asamblea del 31/07/2025. Autorizado según instrumento privado

Acta de Asamblea de fecha 31/07/2025

Francisco Stéfano - T°: 145 F°: 323 C.P.A.C.F.

e. 20/03/2026 N° 16665/26 v. 20/03/2026