N° 16682/26 Aviso del Boletín Oficial
YULL S.A.
Texto del aviso
YULL S.A.
CUIT 30718438868 La Asamblea Extraordinaria de YULL SA de fecha 30 de diciembre de 2025, pasada el
24/02/2026 a escritura bajo el Nro. 19. Escribana Maria Celeste Mackay Astigarraga, decidió modificar el Art.
Tercero del estatuto, e que quedo redactado de la siguiente manera: ARTÍCULO TERCERO: Objeto Social. La
sociedad tiene por objeto realizar por sí o por terceros o asociados a terceros o en colaboración con terceros,
en el país o en el extranjero, las siguientes actividades: a) Adquirir, mantener y administrar participaciones
e inversiones en sociedades constituidas tanto en el país como en el extranjero, a cuyo fin podrá afectar la
totalidad de su patrimonio, incluso convirtiéndose en controlante de las mismas, y cualquiera sea el objeto de
las sociedades participadas o controladas, y en especial en compañías de servicios financieros de cualquier
naturaleza, compañías prestadoras de servicio de tarjetas de crédito, y compañías cuya actividad sea afín,
conexa y complementaria a las ya citadas. Con excepción a las compañías de seguro y/o reaseguro, las cuales
no serán pasibles de ser alcanzadas por el objeto de la presente sociedad. b) Asesoramiento en estrategias de
cobertura e inversión con futuros y opciones de activo financiero, asesoramiento y tercerización de operación
contable, impositivo, administrativo y de empresas, con exclusión de los temas relativos a la incumbencia de
los Contadores Públicos Nacionales. c) Realizar operaciones financieras tomando y dando préstamos con o
sin garantía a corto y largo plazo, participar en la constitución de sociedades, realizando aportes de capitales
a personas o sociedades existentes o a constituirse; financiar operaciones realizadas o realizarse, así como la
negociación, compraventa y suscripción toda clase de títulos, acciones, debentures, papeles de crédito y demás
valores mobiliarios de cualquier naturaleza conocida o que se creen en el futuro, exceptuándose las operaciones
comprendidas en la Ley de Entidades Financieras o cualesquiera otras en las que se requiera el concurso
público. d) Administración de bienes, ya sean de personas físicas o jurídicas o fideicomisos privados no públicos
actuando como fiduciario. e) Prestación de servicios de asesoramiento y asistencia técnica en temas agrícola-
ganaderos, transportes, inmobiliarios, económicos, presupuestarios, de control de gestión social, productividad,
marketing, informática y de administración de sociedades, con exclusión de los temas relativos a la incumbencia
de los Contadores Públicos Nacionales. f) Desarrollo de software y hardware propios y de terceros y/o asociados
con terceros, y su comercialización. g) Brindar consultoría informática y/o tecnológica para la modernización de
circuitos y procesos administrativos, incluyendo el software y el hardware y su integración. h) Emitir debentures u
obligaciones negociables, previa resolución asamblearia y/o previa resolución del órgano societario competente
según la legislación respectiva, cualquier otro título, papel o instrumento que admita la legislación presente o
futura, nacional o extranjera. La sociedad podrá ser parte o miembro de contratos de colaboración empresaria,
tanto en el país como en el extranjero, ya sean de los tipos legislados como de otros innominados. La resolución
pertinente es competencia del Directorio, el cual puede también resolver el establecimiento de sucursales, filiales,
agencias y toda otra forma de descentralización, tanto en el país como en el extranjero. Todas las actividades que
así lo requieran serán realizadas por profesionales con título habilitante. A tales fines, para el cumplimiento del
objeto social, la sociedad tendrá plena capacidad jurídica para realizar todo tipo de actos y operaciones, adquirir
derechos, contraer obligaciones y celebrar los contratos que se relacionen directa o indirectamente con aquél.
Autorizado Martin Leandro Rodriguez- T°. 121 F° 74 según instrumento público Esc. Nº 219 de fecha 24/02/2026
Reg. Nº 1239
Martin Leandro Rodriguez - T°: 121 F°: 74 C.P.A.C.F.
e. 20/03/2026 N° 16682/26 v. 20/03/2026