N° 12906/2025 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 28 - SECRETARÍA NRO.56
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 28 - SECRETARÍA NRO.56
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 28, a cargo del Dr.Diego Manuel Paz Saravia,
Secretaría Nº 56, que desempeña el Dr. Fernando Wetzel, sito en calle Montevideo 546 de CABA, comunica que
con fecha 3/3/2026 se decretó la quiebra de DIM DESCARTABLES S.R.L. (CUIT 30-71747362-7), en el proceso
caratulado: “ DIM DESCARTABLES S.R.L. s/QUIEBRA” (N° 12906/2025). La síndico designada en la causa es
Susana Luisa Erusalimsky, con domicilio constituido en la calle Bolivia 3057, Piso 14, Dpto. A – CABA, teléfono:
1550435859, ante quien los acreedores deberán presentar los títulos justificativos de sus créditos hasta el
12/5/2026. El procedimiento de verificación tempestiva se llevará a cabo del siguiente modo: Los pedidos de
verificación deberán ser enviados a la casilla de correo electrónico de la síndico: serusalimsky@fibertel.com.
ar Los correos electrónicos deberán enviarse conforme las pautas fijadas en el auto de apertura que puede ser
consultado en el sitio web del PJN www.pjn.gov.ar. Deberá denunciarse junto con la información que exige la
LCQ 32, la dirección de correo electrónico y un teléfono de contacto para que la sindicatura pueda comunicarse
en su caso a los fines previstos por la LCQ 33. Las insinuaciones deberán ser ingresadas por la sindicatura una
vez vencido el plazo para formular impugnaciones u observaciones en el incidente nro. 1, formado a tal efecto. El
plazo para formular impugnaciones y observaciones vence el día 27/5/2026, debiendo los acreedores presentar
las mismas o informar acerca de su inexistencia (art. 34 LCQ). Los informes previstos en los arts. 35 y 39 LCQ,
deberán presentarse los días 25/6/2026 y 25/8/2026, respectivamente. Intímase a la fallida, sus administradores,
y a los que tengan bienes y documentos del mismo, a ponerlos a disposición del síndico, dentro de los cinco
días. Prohíbese hacer entrega de bienes y/o pagos al fallido so pena de considerarlos ineficaces. Intímase a la
fallida y a sus administradores a constituir domicilio procesal dentro del radio del Juzgado dentro de las 48 hs.,
bajo apercibimiento de notificarle las sucesivas resoluciones en los estrados del Juzgado. Publíquese por cinco
(5) días en el Boletín Oficial.- . En Buenos Aires, 19 de marzo de 2026. FDO. FERNANDO WETZEL. SECRETARIO.
DIEGO MANUEL PAZ SARAVIA Juez - FERNANDO WETZEL SECRETARIO
e. 20/03/2026 N° 16788/26 v. 30/03/2026