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N° 11855/2025 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO FEDERAL DE PARANÁ NRO. 2 -

Edictos Judiciales viernes, 27 de marzo de 2026

Texto del aviso

JUZGADO FEDERAL DE PARANÁ NRO. 2 -

SECRETARÍA CIVIL Y COMERCIAL NRO. 2

El Señor Juez Federal a cargo del Juzgado Federal de Primera Instancia N° 2 de la ciudad de Paraná, Provincia de

Entre Ríos, Dr. Daniel Edgardo ALONSO, Secretaría Civil y Comercial N° 2, hace saber que en los autos caratulados:

“ASOCIACION CIVIL DE JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA UNER c/ OSUNER s/AMPARO COLECTIVO,

N° 11855/2025” se dictó en fecha 04/03/2026 resolución que determinó que el colectivo está compuesto por

los afiliados pasivos (jubilados y pensionados) de la Obra Social de la Universidad Nacional de Entre Ríos

(O.S.U.N.E.R). Que el objeto del presente es la declaración de INCONSTITUCIONALIDAD E ILEGALIDAD DE LAS

RESOLUCIONES: C.D N” 16/24, C.D. N° 06/25 Y SU MODIFICATORIA C.D. N° 10/25, dictadas por el Consejo

Directivo de la Obra Social, atento el perjuicio directo que dichas resoluciones nos causan a los jubilados afiliados

a OSUNER, por no ajustarse a los parámetros legales y constitucionales establecidos; que se RETROTRAIGA LA

VIGENCIA DE LA RESOLUCIÓN C.D N° 04/21, (derogada por las resoluciones antes mencionadas), que fijó un

criterio de descuento sobre los haberes de los jubilados afiliados a OSUNER, por ser un criterio valido, lógico,

razonable y consensuado con el colectivo de jubilados. De ese modo se fije el descuento para el pago de la cuota

mensual de OSUNER en un “…tres por ciento (3%) sobre el monto del haber bruto jubilatorio de cada afiliado más

el 0,8% (8 por mil) para quienes paguen el FECE (Fondo especial de emergencias) y sobre ese monto de cuota

se aplique el 10,5% de IVA”. También se pretende la SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN O RESTITUCIÓN DE LOS

MONTOS INDEBIDAMENTE PERCIBIDOS POR OSUNER AL COLECTIVO DE JUBILADOS AFILIADOS A PARTIR

DE LA ENTRADA EN VIGENCIA E IMPLEMENTACIÓN DE LA “CANASTA BÁSICA PRESTACIONAL” DISPUESTA

POR LAS RESOLUCIONES IMPUGNADAS C.D Nº 16/24, C.D. N° 06/25 Y SU MODIFICATORIA C.D. N° 10/25,CON

MAS LOS INTERESES DEVENGADOS HASTA SU EFECTIVO PAGO. Se identifica al sujeto demandado como la

OSUNER - Obra Social de la Universidad Nacional de Entre Ríos-. Todas las personas que pudieren considerarse

afectadas tienen la facultad de comparecer dentro del plazo de cinco (10) días hábiles judiciales computados a

partir de la última publicación de Edictos. Los interesados podrán acceder al texto completo de la resolución vía

internet: www.scw.pjn.gov.ar. FDO: DANIEL EDGARDO ALONSO - JUEZ FEDERAL.

DANIEL EDGARDO ALONSO Juez - DANIEL EDGARDO ALONSO JUEZ

e. 27/03/2026 N° 18181/26 v. 30/03/2026