N° 18120/26 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 15 - SECRETARÍA NRO. 30
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 15 - SECRETARÍA NRO. 30
El Juzgado Nacional de 1ra. Instancia en lo Comercial N° 15 a cargo del Dr. Pablo D. Frick, Juez Subrogante, Sec.
N° 30 a cargo del Dr. Juan Pedro Giudici, sito en Av. Callao 635, Piso 3º CABA, hace saber por cinco días que en el
marco de la causa caratulada “CAPETROL S.A. s/QUIEBRA” (Expte. COM 022210/2025) con fecha 13/03/2026 se
decretó la quiebra de CAPETROL S.A. (CUIT 33-71582712-9) con domicilio en Av. Roque Saenz Peña 811, piso 6
Depto “A”, de esta ciudad. Los acreedores de causa o titulo anterior a la declaración de quiebra podrán presentar
los títulos justificativos de sus créditos ante la sindicatura “ESTUDIO PANELO - MENDOZA Y ASOCIADOS” con
domicilio en Montañeses 1823, piso 8º “D”, TE: 11-4142-2244, y correo electrónico sindicaturacapetrol@gmail.
com hasta el 26/06/26, de acuerdo a la modalidad establecida en el decreto de quiebra, cuya compulsa podrá
ser efectuada mediante la página web provista por el Poder Judicial (http://scw.pjn.gov.ar). El síndico presentará
los informes que disponen los arts. 35 y 39 los días 26/08/26 y 07/10/26 -respectivamente-. Se intima a la fallida
y a los 3ros. para que entreguen al síndico la documentación contable y los bienes del deudor que tengan en su
poder y se hace saber la prohibición de hacerle pagos, bajo apercibimiento de declararlos ineficaces. Asimismo,
se intima a los administradores de la fallida para que dentro de las 48 hs. constituyan domicilio en el lugar de
tramitación, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. Por otro lado, se hace
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.879 - Segunda Sección 121 Lunes 30 de marzo de 2026
saber que los ex dependientes del quebrado deberán requerir ante el síndico el certificado de servicios prestados,
dentro del plazo de dos (2) años contados a partir de la última publicación. A ese fin deberán concurrir a sus
oficinas personalmente o por medio de persona debidamente autorizada, con la documentación que acredite su
relación laboral. Buenos Aires, 25 de marzo de 2026. PABLO D. FRICK JUEZ SUBROGANTE Juez - JUAN PEDRO
GIUDICI SECRETARIO
e. 27/03/2026 N° 18120/26 v. 06/04/2026