N° 18633/26 Aviso del Boletín Oficial
SIXA ENERGY S.A.
Texto del aviso
SIXA ENERGY S.A.
1) Mariano Gastón Tzarovsky, nacido el 09/05/1978, casado, argentino, abogado, con domicilio en Roger Balet
1115, Juana Koslay, San Luis, Argentina, D.N.I. 26.665.001, CUIT N° 23-26665001-9; y Martín Parodi, nacido el
10/10/1971, soltero, argentino, contador público, con domicilio en Corredor Bancalari 3901, lote 888, Troncos del
Talar, Provincia de Buenos Aires, D.N.I. 22.431.521, CUIT 20-22431521-0. 2) Escritura pública 71 del 19/03/2026.
3) SIXA ENERGY S.A. 4) José A. Cabrera 5653 piso 4° C.A.B.A. 5) La sociedad tendrá por objeto dedicarse
por cuenta propia, por cuenta y orden de terceros, como mandataria, agente, representante, comisionista,
consignataria o bajo cualquier otra modalidad jurídica admitida por la legislación vigente, individualmente o
asociada a terceros, en el país o en el extranjero, a las siguientes actividades: (A) Comercialización de Gas Natural
y Derivados: compra, venta, intermediación, representación, comercialización, suministro, trading, importación
y exportación de gas natural, gas natural licuado (GNL), gas natural comprimido (GNC), biogás, biometano, gas
renovable y cualquier otro hidrocarburo gaseoso o energético, en mercados físicos o electrónicos, incluyendo
el Mercado Electrónico de Gas (MEGSA) y cualquier otro ámbito autorizado, de conformidad con la Ley 24.076,
su reglamentación y normativa complementaria, incluyendo las resoluciones dictadas por la Secretaría de
Energía de la Nación —entre ellas las Resoluciones N° 450, 451 y 452 y las que en el futuro las modifiquen
o reemplacen—. A tal fin podrá actuar como comercializador, trader, agregador de demanda, estructurador
de operaciones o representante de productores, usuarios, grandes consumidores, distribuidores o cualquier
otro sujeto del mercado; celebrar contratos de compraventa, abastecimiento, swap, intercambio, take or pay,
deliver or pay, peaje, transporte, almacenamiento, regasificación, representación comercial, mandato, agencia,
consignación, estructuración financiera y cualquier otro contrato vinculado al mercado del gas. La sociedad podrá
contratar servicios de transporte y distribución con los licenciatarios correspondientes conforme la Ley 24.076
y su normativa reglamentaria, sin asumir carácter de licenciataria de transporte o distribución salvo obtención
de la concesión correspondiente. (B) Comercialización de Energía Eléctrica: compra, venta, intermediación,
representación, comercialización, suministro, importación y exportación de energía eléctrica y potencia, tanto
de fuentes convencionales como renovables, en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM), el Mercado a Término
de Energías Renovables (MATER), contratos bilaterales entre privados, mercados regionales o internacionales
y cualquier otro ámbito autorizado, conforme la Ley 24.065, normas reglamentarias y resoluciones vigentes
—incluyendo las Resoluciones N° 450, 451 y 452 y las que en el futuro las modifiquen o sustituyan—. A tal
efecto podrá actuar como Participante Comercializador del MEM, actuar como comercializador o agregador
de demanda en el MATER, actuar como representante o mandatario de grandes usuarios, celebrar contratos
de compraventa de energía eléctrica, estructurar contratos de abastecimiento de energía eléctrica, administrar
carteras de contratos energéticos, participar en esquemas de cumplimiento de cupos renovables. La sociedad
podrá contratar servicios de transporte y distribución eléctrica con los concesionarios correspondientes
conforme la Ley 24.065, sin asumir carácter de concesionaria salvo obtención de la correspondiente concesión.
(C) Actuación como Agente de Mercado: obtención, mantenimiento y ejercicio de todas las inscripciones,
registros, habilitaciones, licencias y autorizaciones necesarias para actuar en los mercados energéticos, ante
la autoridad de aplicación, organismos reguladores, entidades administradoras de mercado, operadores del
despacho, entes de control o cualquier organismo nacional, provincial, municipal o internacional competente que
actualmente exista o que en el futuro los sustituya o reemplace. Podrá actuar en cualquiera de las categorías
de agentes o sujetos del mercado que la normativa vigente o futura autorice, incluyendo comercializador, trader,
agregador de demanda, representante, mandatario, importador, exportador o cualquier otra figura reconocida
por los reglamentos aplicables. Asimismo, podrá celebrar contratos de adhesión, acuerdos operativos y demás
instrumentos exigidos por los reglamentos de mercado y constituir, mantener y administrar garantías financieras,
avales, seguros de caución u otros instrumentos requeridos por las normas aplicables. (D) Celebración y
Administración de Contratos Energéticos: estructuración, negociación, celebración y administración de contratos
energéticos de cualquier naturaleza vinculados a los mercados de gas y energía eléctrica, ya sea actuando como
parte principal o en representación de terceros, incluyendo esquemas contractuales back-to-back, agregación
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.879 - Segunda Sección 15 Lunes 30 de marzo de 2026
de demanda, gestión de riesgos, estructuración de portafolios y optimización de abastecimiento. Podrá asimismo
obtener financiamiento para operaciones energéticas, emitir o recibir garantías y celebrar acuerdos financieros
vinculados a contratos de suministro energético. (E) Servicios Complementarios: prestación de servicios de
asesoramiento técnico, comercial, regulatorio y financiero vinculados al sector energético; estudios de mercado;
auditoría y administración contractual; desarrollo de proyectos energéticos; eficiencia energética; y gestión
operativa de activos vinculados al abastecimiento energético. A tal fin, la Sociedad tiene plena capacidad jurídica
para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este
contrato. También podrá participar en todo tipo de empresas, negocios o transacciones, en particular a través de
la creación de nuevas sociedades y la suscripción o adquisición de acciones o derechos, como también realizar
fusiones, agrupaciones de interés económico o joint ventures. Quedan excluidas las actividades reguladas por
la Ley de Entidades Financieras y toda otra actividad que requiera autorización especial no obtenida por la
sociedad. 6) 99 años desde su inscripción en el Registro Público de Comercio. 7) Capital social: $ 30.000.000
representado por 30.000.000 de acciones ordinarias, nominativas, no endosables, de $ 1 valor nominal cada una
y de un voto por cada acción. Mariano Gastón Tzarovsky suscribe $ 15.300.000 acciones y Martín Parodi suscribe
14.700.000. 8) Administración y representación a cargo de uno a cinco directores, pudiendo elegirse igual número
de suplentes, por 3 ejercicios. Se designa a Martín Parodi como director titular y presidente y a Mariano Gastón
Tzarovsky como director suplente. Ambos constituyen domicilio en Florida 470, Piso 4, oficina 402 C.A.B.A. La
sociedad prescinde de sindicatura. 9) Cierre del ejercicio: 31/12. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 71
de fecha 19/03/2026 Reg. Nº 773
Micaela Reisner - T°: 112 F°: 353 C.P.A.C.F.
e. 30/03/2026 N° 18633/26 v. 30/03/2026