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N° 114436/06 Aviso del Boletín Oficial

CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CONTENCIOSO

Edictos Judiciales martes, 31 de marzo de 2026

Texto del aviso

CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CONTENCIOSO

ADMINISTRATIVO FEDERAL, SALA IV

La Excma. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, Sala IV, sita en Talcahuano

550, Of. 2047 Planta Baja, de la Ciudad de Buenos Aires, hace saber que en la causa nro. “36551/2010 BRIOSSO

VERONICA ALEJANDRA Y OTRO c/ GCBA (CROMAÑON) s/DAÑOS Y PERJUICIOS”, se dictó sentencia el

10/03/26. Se transcribe la parte resolutiva de la sentencia. En virtud del resultado que instruye el acuerdo que

antecede, el Tribunal RESUELVE: 1°) Hacer lugar parcialmente a recursos interpuestos. 2°) Modificar la sentencia

apelada en los términos y con el alcance fijado en el presente pronunciamiento. 3°) Distribuir las costas conforme

lo expuesto en el considerando 15 del primer voto. Regístrese, notifíquese y devuélvase. ROGELIO W. VINCENTI

(en disidencia parcial) JORGE EDUARDO MORÁN MARCELO DANIEL DUFFY El auto que ordena la publicación

del presente edicto dispone: “I.- En atención a que la cédula dirigida al domicilio de la Sra. Fabiana Gabriela

Fiszbin denunciado en autos ha arrojado resultado negativo y, advirtiendo que en la causa análoga Nº 114436/06,

las notificaciones cursadas al domicilio informado por la Cámara Nacional Electoral han retornado con resultado

positivo, en función del principio de celeridad procesal, líbrese nueva cédula a fin de notificarle la resolución

del 19/3/26 (conf. arts. 145 y 146, del CPCCN). II.- Advirtiendo que las cédulas dirigidas al domicilio del Sr. Raúl

Villarreal denunciado en autos han arrojado resultado negativo en causas análogas y que las notificaciones

cursadas al domicilio informado por la Cámara Nacional Electoral en el marco de las causas Nº 41815/07, 19713/07

y 5703/07, entre otras, también han retornado con resultado negativo, en función del principio de celeridad

procesal, publíquense edictos por dos (2) días consecutivos en el Boletín Oficial a fin de notificarle la resolución

del 19/3/26 (conf. arts. 145 y 146, CPCCN). III.- Advirtiendo que las cédulas dirigidas al domicilio del Sr. Elio

Rodrigo Delgado denunciado en autos han arrojado resultado negativo, y a que las notificaciones cursadas al

domicilio informado por la Cámara Nacional Electoral en el marco de las causas 34119/09 y 30592/10, también

han retornado con resultado negativo, en función del principio de celeridad procesal, publíquense edictos por

dos (2) días consecutivos en el Boletín Oficial a fin de notificarle la resolución del 19/3/26 (conf. arts. 145 y

146, CPCCN). IV.- Advirtiendo que las cédulas dirigidas al domicilio del Sr. Juan Carbone denunciado en autos

han arrojado resultado negativo en causas análogas y que las notificaciones cursadas al domicilio informado

por la Cámara Nacional Electoral en el marco de la causa Nº 23970/08, entre otras, también han retornado

con resultado negativo, en función del principio de celeridad procesal, publíquense edictos por dos (2) días

consecutivos en el Boletín Oficial a fin de notificarle la resolución del 19/3/26 (conf. arts. 145 y 146, CPCCN). V.-

Advirtiendo que la cédula dirigida al domicilio denunciado en autos de la Sra. Ana Maria Fernandez ha arrojado

resultado negativo, y que la misma fue cursada al domicilio informado por la Cámara Nacional Electoral en el

marco de las causas 41839/07 y 23970/08, en función del principio de celeridad procesal, publíquense edictos

por dos (2) días consecutivos en la Tablilla del Tribunal a fin de notificarle la resolución del 19/3/26 (conf. arts. 145

y 146, CPCCN). VI.- Advirtiendo que las cédulas dirigida al domicilio del Sr. Gustavo Torres denunciado en autos

ha arrojado resultado negativo y que en las causas 42216/07 y 17632/10, entre otras, las notificaciones también

han retornado con resultado negativo, en función el principio de celeridad procesal, publíquense edictos por

dos (2) días consecutivos en el Boletín Oficial a fin de notificarle la resolución del 19/3/26 (conf. arts. 145 y 146,

CPCCN).” MARIA PAULA LOPEZ ALVAREZ JORGE EDUARDO MORAN - MARCELO DANIEL DUFFY - ROGELIO

W. VINCENTI Juez - JORGE EDUARDO MORAN - MARCELO DANIEL DUFFY - ROGELIO W. VINCENTI JUECES

DE CÁMARA

e. 31/03/2026 N° 18857/26 v. 01/04/2026