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N° 19502/26 Aviso del Boletín Oficial

PRIMOS DEL ATLANTICO SUR S.A.S.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas OTRAS SOCIEDADES miércoles, 1 de abril de 2026

Texto del aviso

PRIMOS DEL ATLANTICO SUR S.A.S.

CUIT 30-71861684-7. Por Reunión de Socios del 31/07/2024, se resolvió aumentar el capital social de $ 8.000.000

a $ 12.000.000 y reformar el art. 4 del instrumento constitutivo: ARTÍCULO CUARTO. Capital: El Capital Social

es de $ 12.000.000 (pesos doce millones), representado por igual cantidad de acciones ordinarias escriturales,

de $ 1, valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. El capital social puede ser aumentado por

decisión de los socios conforme lo dispone el artículo 44 de la Ley N° 27.349. Para los casos en que el aumento de

capital social sea inferior al cincuenta por ciento (50%) del capital social inscripto, la resolución de la reunión de

socios que lo disponga no requerirá reforma del instrumento constitutivo ni su publicación en el Boletín Oficial, de

conformidad con lo previsto en el artículo 44 de la Ley N° 27.349. En tales supuestos, el órgano de administración

dejará constancia del aumento en el Libro de Registro de Acciones y en el Libro de Actas de Reuniones de

Socios, debiendo asimismo comunicar el aumento al Registro Público a los efectos de su toma de razón, cuando

corresponda. Las acciones escriturales correspondientes a futuros aumentos de capital podrán ser ordinarias o

preferidas, según lo determine la reunión de socios. Las acciones preferidas podrán tener derecho a un dividendo

fijo preferente de carácter acumulativo o no, de acuerdo a las condiciones de emisión. Podrá acordársele también

una participación adicional en las ganancias líquidas y realizadas y reconocérsele prioridad en el reembolso del

capital, en caso de liquidación. Cada acción ordinaria conferirá derecho de uno a cinco votos según se resuelva

al emitirlas. Las acciones preferidas podrán emitirse con o sin derecho a voto, excepto para las materias incluidas

en el artículo 244, párrafo cuarto, de la Ley General de Sociedades N° 19.550, sin perjuicio de su derecho de

asistir a las reuniones de socios con voz. Autorizado según instrumento privado acta de reunión de socios de

fecha 31/07/2024

Rodrigo Horacio Nayar - T°: 87 F°: 319 C.P.A.C.F.

e. 01/04/2026 N° 19502/26 v. 01/04/2026