N° 19516/26 Aviso del Boletín Oficial
SANTA MARIA NOVELLA S.A.
Texto del aviso
SANTA MARIA NOVELLA S.A.
30718828739. Por Escritura 39 del 20/3/26, Fº98 Registro 2185 se protocolizo Acta de Asamblea Extraordinaria del
13/2/26 por la cual se resolvió modificar el artículo tercero del Estatuto Social, que queda redactado: “TERCERO:
Objeto Social. La Sociedad tiene por objeto desarrollar por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros,
dentro o fuera del país, las siguientes actividades: la prestación de servicios relativos a la gestión de cobranzas y
pagos por cuenta y orden de terceros, incluyendo pero sin limitarse a personas físicas, personas jurídicas públicas
o privadas, la administración pública nacional, provincial y/o municipal y todas sus reparticiones, entidades
autárquicas y/o entidades de cualquier clase, empresas y sociedades públicas, mixtas o privadas, productoras
de bienes o servicios; incluyendo la organización de redes, selección de corresponsales y negociación con los
mismos, manejo de información y fondos, procesamiento, lectura y suministro de información, análisis estadístico,
de gestión de cobros y pagos, la prestación de todos aquellos servicios conexos con la emisión y entrega de
facturas por cualquier medio y servicios de almacenamiento de documentación contable y facturas comerciales,
en soportes físicos y/o digitales. A fin de realizar su objeto social la Sociedad tendrá plena capacidad para adquirir
derechos y contraer obligaciones pudiendo realizar todos aquellos actos jurídicos que resulten necesarios a tal
efecto y ejercer los que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto. Quedan excluidas las operaciones
contempladas en la ley de entidades Financieras y toda aquella que requiera el concurso público. En relación a las
actividades especificadas, y cuando así corresponda, las mismas serán llevadas a cabo por personas con título
habilitante y profesionales idóneos en la materia. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir
derechos, contraer obligaciones y ejecutar todos los actos que no se encuentren expresamente prohibidos por
las Leyes o por este Estatuto. Asimismo, la sociedad podrá realizar, por cuenta propia, de terceros o asociada
a terceros, las siguientes actividades: A) PUBLICIDAD Y MARKETING DIGITAL: La prestación de servicios
integrales de marketing, publicidad, propaganda y comunicación estratégica; el diseño y ejecución de campañas
en todos los soportes (gráficos, audiovisuales, digitales, vía pública); gestión de Branding, identidad corporativa
y posicionamiento de marca; consultoría en Experiencia de Usuario (UX) y Diseño de Interfaz (UI); desarrollo
de estrategias de Growth Marketing, Inbound Marketing, y gestión avanzada de redes sociales (Community
y Content Management); servicios de relaciones públicas y comunicación institucional. B) INTELIGENCIA
ARTIFICIAL Y DATA ANALYTICS: La investigación, desarrollo, implementación, licenciamiento y prestación de
servicios basados en Inteligencia Artificial (IA), incluyendo el uso de modelos generativos, procesamiento de
lenguaje natural y automatización de procesos mediante IA; servicios de Data Analytics y Business Intelligence,
que comprenden la recolección, procesamiento, minería de datos y análisis predictivo para la toma de decisiones
comerciales y optimización de conversiones; desarrollo y gestión de plataformas de E-commerce y soluciones
tecnológicas aplicadas al marketing. Para el cumplimiento de estos fines, la sociedad podrá realizar la compra,
venta y corretaje de espacios publicitarios, la representación de talentos e influencers, y la contratación de
profesionales idóneos cuando la actividad así lo requiera por normativa profesional.
Autorizado según instrumento público Esc. Nº 39 de fecha 20/03/2026 Reg. Nº 2185
maria agustina bracuto - Matrícula: 4686 C.E.C.B.A.
e. 01/04/2026 N° 19516/26 v. 01/04/2026