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N° 19646/26 Aviso del Boletín Oficial

SECURITY 4 FOX S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA lunes, 6 de abril de 2026

Texto del aviso

SECURITY 4 FOX S.R.L.

CONSTITUCIÓN por instrumento privado del 31/03/2026: SOCIOS: Deborah Natalia VARGAS, DNI 18.848.273,

CUIT 27-18848273-8, Argentina, nacida 12/07/1983, casada, empresaria, domicilio calle boulevard de los Italianos

Nº 1460, localidad de Wilde, partido de Avellaneda, pcia. de Bs. As. y Alí Gabriel PEREYRA, DNI 34.485.672,

CUIT 23-34485672-9, Argentino, nacido 01/03/1989, soltero, empresario, domicilio calle 188 Nº 629, localidad

de Bernal Oeste, partido de Quilmes, pcia. de Bs. As.- SEDE SOCIAL: California N° 2000, CABA.- CAPITAL:

$ 10.000.000 dividido en CIEN cuotas partes de pesos CIEN MIL ($ 100.000) de valor nominal cada una, y de un

voto por cuota, totalmente suscriptas por los socios de acuerdo al siguiente detalle: Deborah Natalia VARGAS,

suscribe CINCUENTA (50) cuotas partes y Alí Gabriel PEREYRA, suscribe CINCUENTA (50) cuotas partes.-

INTEGRACION 25%. CIERRE EJERCICIO: 31/12. DURACIÓN: 99 años. SOCIA GERENTE: Deborah Natalia

VARGAS, acepta cargo y constituye domicilio especial en su domicilio real. Duración: término de la sociedad.

OBJETO: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en el país

o en el extranjero, las siguientes actividades: Vigilancia privada, seguridad de personas y de bienes que se

encuentren en lugares fijos; seguridad, custodia o portería prestada en locales bailables, confiterías y todo otro

lugar destinado a la recreación; Custodias personales, acompañamiento y protección de personas determinadas;

Custodia y transporte de bienes y valores, transporte, depósito, custodia, recuento y clasificación de billetes,

títulos, valores y mercaderías en tránsito; Vigilancia con medios electrónicos, ópticos y electroópticos, diseño,

instalación y mantenimiento de dispositivos centrales de observación, registro de imagen, audio o alarmas, así

como cualquier otro dispositivo de control que incumba al área de seguridad; Tareas de control de admisión

y permanencia de público en general en eventos y espectáculos musicales, artísticos y de entretenimiento en

general, que se celebren o realicen en estadios, clubes, pubs, discotecas, bares, restaurantes y todo otro lugar

de entretenimiento de público en general, aun cuando éstos se encuentren situados en espacios abiertos, en la

vía pública, en zonas marítimo-terrestres o portuarias o en cualquier otra zona de dominio público; Prestar estos

servicios y de seguridad en general a empresas o instituciones privadas o públicas del estado Nacional, Provincial

o Municipal y en espacios públicos cuando estuviera autorizado por la normativa en materia de seguridad y/o la

Autoridad de Aplicación. Los servicios serán prestados con o sin uso de armas conforme lo autorice la legislación

vigente y en cumplimiento de la normativa de la Agencia Nacional de Materiales Controlados-ANMaC. En la

ciudad de Buenos Aires la sociedad actuará conforme lo normado por las leyes Nº 5688 y Nº 4010 de esta

ciudad y por la ley Nacional Nº 26.370 y las que en el futuro las modifiquen o complementen.- En la provincia

de Buenos Aires la sociedad tiene por objeto dedicarse en forma exclusiva a las actividades autorizadas por el

artículo segundo de la ley provincial 12.297 y las que en el futuro la modifiquen o complementen: 1) Vigilancia

y protección de bienes; 2) Escolta y protección de personas; 3) Transporte, custodia y protección de cualquier

objeto de traslado lícito, a excepción del transporte de caudales; 4) Vigilancia y protección de personas y bienes

en espectáculos públicos, locales bailables y otros eventos o reuniones análogas; 5) Obtención de evidencias

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.882 - Segunda Sección 40 Lunes 6 de abril de 2026

en cuestiones civiles o para incriminar o desincriminar a una persona siempre que exista una persecución en el

ámbito de la justicia por la comisión de un delito y tales servicios sean contratados en virtud de interés legítimo

en el proceso penal.- Autorizado según instrumento privado CONSTITUCION de fecha 31/03/2026

Hernán Diego Leeds - T°: 075 F°: 0323 C.P.A.C.F.

e. 06/04/2026 N° 19646/26 v. 06/04/2026