N° 33/2026 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO.
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO.
7 - SECRETARÍA NRO. 14
El Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 7, Secretaría N° 14, notifica a ESTABLECIMIENTO METALÚRGICO
THOR S.A. (titular de la C.U.I.T. N° 30-71510233-8), de lo resuelto por el pronunciamiento del Reg. Int. N° 33/2026,
de este tribunal, mediante la publicación de edicto por el término de un día, en la causa Nº CPE 286/2025 (7985),
caratulada: “ESTABLECIMIENTO METALÚRGICO THOR S.A. Y OTROS SOBRE INFRACCIÓN LEY 27.430”.
Como recaudo legal se transcriben en sus partes pertinentes, el auto que así lo ordena, y el pronunciamiento
mencionado: “Buenos Aires, 7 de abril de 2026...II.- Notifíquese a ESTABLECIMIENTO METALÚRGICO THOR S.A.
lo resuelto por el pronunciamiento del Reg. Int. N° 33/2026, de este tribunal, mediante edicto que deberá
publicarse por el término de un día. A tal fin, deberá utilizarse el Sistema Electrónico de Consulta y Publicación
de Edictos del Boletín Oficial al cual se accede vía intranet...” FDO. JUAN P. GALVÁN GREENWAY, JUEZ. ANTE
MÍ: SANDRA MÓNICA ROMERO, SECRETARIA.“Buenos Aires, 24 de febrero de 2026. AUTOS Y VISTOS: Para
resolver en la presente causa N° 286/2025 (7985), caratulada: “ESTABLECIMIENTO METALÚRGICO THOR S.A.
Y OTROS SOBRE INFRACCIÓN LEY 27.430”, del registro de la Secretaría N° 14 de este Juzgado Nacional
en lo Penal Económico N° 7, a mi cargo. Y CONSIDERANDO:...RESUELVO: I.- SOBRESEER TOTALMENTE a
ESTABLECIMIENTO METALÚRGICO THOR S.A. (CUIT N° 30-71510233-8)..., respecto de la presunta evasión del
pago del impuesto al Valor Agregado, de ESTABLECIMIENTO METALÚRGICO THOR S.A., correspondiente a los
ejercicios anuales 2020 y 2021, por las sumas de $ 5.480.807,80 y de $ 14.025.324,40, respectivamente; y por
la presunta evasión agravada, mediante el uso de facturas apócrifas, del pago del impuesto al Valor Agregado,
de ESTABLECIMIENTO METALÚRGICO THOR S.A., correspondiente al ejercicio anual 2022, por la suma de
$ 15.130.019,77; porque aquellas conductas ya no encuadran en figura penal alguna (artículo 336 inciso 3° del
C.P.P.N., artículos 1° y 2° incisos “a” y “d” del Régimen Penal Tributario y Previsional establecido por el artículo
279 de la ley N° 27.430, modificado por la ley N° 27.799 (B.O. 2/1/2026), artículo 2° del Código Penal, artículos
18 y 75 inciso 22, de la Constitución Nacional y artículo 9° de la C.A.D.H.)... III.- SIN COSTAS (artículos 530
y 531 “in fine” del C.P.P.N.). Regístrese y protocolícese. Notifíquese... a ESTABLECIMIENTO METALÚRGICO
THOR S.A. mediante la publicación de edictos por el término de un día. Firme, comuníquese al Registro Nacional
de Reincidencia, y a la A.R.C.A.- D.G.I. en los términos del artículo 20 del Régimen Penal Tributario y Previsional
establecido por el artículo 279, modificado por la ley N° 27.799 (B.O 2/1/2026), devúelvase la documentación
reservada por Secretaría y, oportunamente archívese.” FDO. JUAN P. GALVÁN GREENWAY, JUEZ. ANTE MÍ:
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.885 - Segunda Sección 86 Jueves 9 de abril de 2026
SANDRA MÓNICA ROMERO, SECRETARIA. JUAN P. GALVAN GREENWAY Juez - SANDRA MÓNICA ROMERO
SECRETARIA
e. 09/04/2026 N° 21105/26 v. 09/04/2026