N° 22534/26 Aviso del Boletín Oficial
GRUPO INTEGRAL DE MANTENIMIENTO S.R.L.
Texto del aviso
GRUPO INTEGRAL DE MANTENIMIENTO S.R.L.
Constitución: Escritura Nº 37 del 19/03/2026 SOCIOS GERENTES: Emilio Hernán TAPIA, argentino, 28/02/76, dni
24.986.529, soltero, chapista, Esquiu 1639, San Martín, Pcia de Bs As, 25.000 cuotas; Gerardo Antonio SOSA,
argentino, 15/01/73, dni 23.205.910, soltero, operario, Luis Salguero 2093, San Miguel, Pcia de Bs As, 25.000
cuotas. Duración: 99 años. Objeto: Prestación de servicios integrales de automotores, motocicletas, utilitarios,
camiones y todo tipo de rodados en general, tales como mantenimiento, taller mecánico y eléctrico, mecánica
integral, de chapa y pintura, tapicería, alineación y balanceo de direcciones, montaje de partes y comercialización
de repuestos, herramientas y autopartes en general, incluyendo componentes mecánicos, eléctricos, analógicos,
digitales, accesorios, partes de carrocería, cristales, insumos, lubricantes, filtros, sistemas de escape, reparación
y pintura de carrocerías, tapizado y retapizado de automotores, lavado mecánico y manual de automotores,
reparaciones eléctricas del tablero e instrumental, reparación y carga de baterías, sistemas de climatización y
entre otras cosas. Todas las actividades que así lo requieran, serán llevabas a cabo por profesionales con título
habilitante. Capital: $ 500.000 representado por 50.000 cuotas de $ 10 valor nominal cada una. ADMINISTRACIÓN
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.888 - Segunda Sección 35 Martes 14 de abril de 2026
REPRESENTACIÓN LEGAL Y USO DE LA FIRMA SOCIAL: estará a cargo de 1 o más gerentes, socios o no,
quienes actuaran en forma individual e indistinta, por el término de duración de la sociedad. Fiscalización: Se
prescinde. Cierre del Ejercicio: 31/12 de cada año. Sede Social y domicilio especial de los gerentes: Estados
Unidos 1450, piso 3, depto B, C.A.B.A. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 37 de fecha 19/03/2026
Reg. Nº 1919
MATIAS EZEQUIEL CAMAÑO - Habilitado D.N.R.O. N° 3029
e. 14/04/2026 N° 22534/26 v. 14/04/2026