N° 23160/26 Aviso del Boletín Oficial
ESPACIO OXIVITAL S.R.L.
Texto del aviso
ESPACIO OXIVITAL S.R.L.
CUIT número 30-71167795-6, Comunica que por escritura número 302, de fecha 10/04/2026, Folio 1883, Registro
Notarial 453, de acuerdo a lo resuelto por Reunión de Socios de fecha 07/04/2026 se trasladó la sede social, la
que ha quedado la Sede Social ha quedado fijada en Vilela 1869, ap 201, CABA. Y se modificó el objeto social,
por lo que el articulo tercero del contrato social queda redactado de la siguiente manera: “TERCERO: OBJETO:
La sociedad tiene por OBJETO, dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en el país o en
el extranjero a las siguientes actividades: a) Compra, venta, permuta, alquiler, arrendamiento y administración de
propiedades inmuebles, inclusive las comprendidas bajo el Régimen de Propiedad Horizontal, b) Gerenciamiento,
desarrollo y consultoría de proyectos inmobiliarios propios y/o de terceros; c) Desarrollar proyectos de obras
desde el punto de vista técnico; coordinar a los profesionales involucrados -arquitectos, ingenieros, gestores
y otros, establecer un presupuesto del proyecto y un plan de trabajos, coordinar el proceso de contratación y
construcción desde el punto de vista técnico-económico, efectuando un minucioso control de la calidad, plazos y
costos de las obras que se realicen, en función de los objetivos y condiciones iniciales planteadas; d) Construcción
y/o refacción de inmuebles urbanos, rurales y la edificación de cualquier naturaleza, inclusive de bienes que se
sometan al régimen de Propiedad Horizontal, de Geodesia e la Provincia de Buenos Aires, régimen especial de
Propiedad Horizontal, y cualquiera de las tipificaciones incluidas en el Código Civil y Comercial de la Nación,
ya sea en inmuebles propios o de terceros; e) Ejercicio de representaciones, mandatos, agencias, gestiones de
negocios y comisiones, relacionadas con las actividades propuestas. Todas las actividades que en virtud de la
materia lo requieran, serán ejercidas por profesionales con título habilitante. Para el cumplimiento de su objeto,
la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos o contraer obligaciones, y ejercer los actos,
que no sean prohibidos por las leyes o por este contrato. En todos aquellos casos en que se exija profesionales
con título habilitante, los servicios serán prestados por quienes cumplan con tales requisitos.” Francisco Javier
Puiggari. Escribano. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 302 de fecha 10/04/2026 Reg. Nº 453
Francisco Javier Puiggari - Matrícula: 3933 C.E.C.B.A.
e. 15/04/2026 N° 23160/26 v. 15/04/2026