N° 23656/26 Aviso del Boletín Oficial
IMPLANSOFT S.R.L.
Texto del aviso
IMPLANSOFT S.R.L.
30-71578163-4 por contrato de cesión de cuotas del 30/03/2026 Omar Eduardo De Maio renunció a la gerencia y
cedió 23.750 cuotas a Karina Liliana Gerez y 1250 cuotas a Eduardo Manuel ESCOBAR; Flavio Alejandro Grasso
cedió 23.750 cuotas a Karina Liliana Gerez y 1250 cuotas a Eduardo Manuel Escobar, siendo cedido el 100% del
capital social de 50.000 cuotas de $ 1 y 1 voto c/u. En consecuencia, Karina Liliana Gerez adquirió 47.500 cuotas
(95%) y Eduardo Manuel Escobar adquirió 2.500 cuotas (5%). Por acta de reunión de socios del 30/03/2026
se aceptaron las renuncias de los gerentes, se designó gerente a Karina Liliana Gerez, quien aceptó el cargo
y constituyó domicilio especial en México 55, piso 12, oficina 121, CABA, en donde se fijó la sede social, y
se reformó el estatuto, cambiando el objeto social por el siguiente: “La sociedad tendrá por objeto dedicarse,
por cuenta propia o de terceros, en el país o en el exterior, a la comercialización, importación, exportación,
distribución, representación, consignación, intermediación, fabricación, ensamblado, logística, almacenamiento
y venta, tanto en el ámbito mayorista como minorista, de bienes y servicios, a través de canales físicos, digitales
y/o mixtos, incluyendo plataformas de comercio electrónico propias o de terceros, marketplaces y cualquier
otro canal de venta. A tales efectos, podrá desarrollar las siguientes actividades: a) Electrónica, tecnología
y electrodomésticos: Comercialización de equipos informáticos, notebooks, tablets, teléfonos celulares,
smartphones, wearables, televisores, sistemas de audio y video, videocámaras, consolas de videojuegos,
pequeños y grandes electrodomésticos, productos de línea blanca y marrón, artículos de tecnología en general,
software, licencias y servicios digitales, incluyendo todos sus accesorios, componentes, periféricos, insumos,
repuestos y complementos. b) Retail general y hogar: Comercialización de muebles, artículos para el hogar,
decoración, iluminación, bazar, climatización, herramientas, artículos de ferretería, productos para construcción
liviana, jardinería y outdoor. c) Indumentaria y textil: Comercialización de prendas de vestir, calzado, accesorios,
marroquinería, y toda clase de productos textiles; así como insumos para la industria textil, tales como hilados,
telas, fibras naturales y sintéticas, avíos, botones, cierres, elásticos, colorantes, tintas y maquinaria, accesorios
y repuestos para la confección y el tejido. d) Cosmética, perfumería y cuidado personal: Comercialización de
productos cosméticos, de perfumería, higiene, maquillaje y cuidado personal; artículos para manicura, pedicura y
peluquería; equipamiento y mobiliario para salones de belleza, estética y bienestar. e) Servicios complementarios:
Prestación de servicios de instalación, reparación, mantenimiento, soporte técnico, garantía, post venta,
asesoramiento comercial y tecnológico, así como servicios logísticos, de distribución, almacenamiento, transporte
y gestión de stock. f) Comercio digital y financiero: Desarrollo, administración y explotación de plataformas
de comercio electrónico, aplicaciones, sistemas digitales y marketplaces; implementación de medios de pago
electrónicos, financiación al consumo, planes de cuotas, fidelización de clientes y programas de beneficios.
Quedan expresamente excluidas todas las actividades comprendidas en la Ley de Entidades Financieras (Ley
N° 21.526), de Mercado de Capitales (Ley N° 26.831) y toda otra que requiera autorización previa de la autoridad
de control bancario o bursátil, no pudiendo realizar la sociedad intermediación financiera pública ni captación
de ahorros del público de manera directa o indirecta”. Autorizado según instrumento privado acta de fecha
30/03/2026
MARCELO PATRICIO RODRIGUEZ - T°: 56 F°: 883 C.P.A.C.F.
e. 16/04/2026 N° 23656/26 v. 16/04/2026