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N° 22030/26 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 26 SECRETARÍA NRO. 51 -

Edictos Judiciales viernes, 17 de abril de 2026

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 26 SECRETARÍA NRO. 51 -

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 26, a cargo del Dr. Fernando Javier Perillo, Secretaría

Nº 51, a mi cargo, sito en Callao 635 1º piso de esta ciudad, comunica por cinco días, en los autos caratulados:

“VENTTI S.R.L S/ QUIEBRA”, EXPTE. COM 19539/2023, que con fecha 25.03.2026 se decretó la quiebra de

VENTTI S.R.L (CUIT 30-71516288-8) con domicilio en la Av. Santa Fe 2866, Unidad 6, de la Ciudad de Buenos

Aires, debiendo los señores acreedores presentar los títulos justificativos de créditos hasta el día 26.05.2026 ante

el síndico, María Ines Strusberg. Las demandas de verificación de crédito en los términos fijados en la L.C.Q: 32,

sean suscriptas o no por representación letrada (en cualquier caso con firma ológrafa), podrán ser presentadas

en soporte papel en el domicilio del síndico o, en su defecto, enviadas al mail de la sindicatura, siempre con

copia al mail institucional de la Secretaría (jncomercial26.sec51@pjn.gov.ar), identificando en el asunto “Pedido

Verificatorio” más nombre del acreedor y de la causa con su número de expediente; con un estricto cumplimiento

de las pautas señaladas en la Ac. CSJN 31/20. El síndico habilitó a tales efectos y a fin de realizar las observaciones

del art. 34 LCQ la dirección de correo electrónico: istrusberg@gmail.com, quien constituyó domicilio en Avda.

Córdoba 1367, 9º piso, Oficina 43, Capital Federal, quién presentará el informe individual de los créditos el día

08.07.2026 y el informe general el día 04.09.2026. Se intima a la fallida y a cuantos tengan bienes y documentos

de la misma, a ponerlos a disposición del Síndico dentro de los 5 días, prohibiéndose hacer pagos o entrega de

bienes so pena de considerarlos ineficaces. Se intima al administrador de la fallida para que en el término de 48

horas constituya domicilio procesal y para que entregue al Síndico dentro de las 24 horas los libros de comercio

y demás documentación relacionada con la contabilidad (art. 88 ley 24.522). Buenos Aires, 09 de abril de 2026.

FERNANDO JAVIER PERILLO Juez - DEVORA NATALIA VANADIA SECRETARIA

e. 13/04/2026 N° 22030/26 v. 17/04/2026