W20 Argentina W20Argentina

N° 27993/26 Aviso del Boletín Oficial

LA TILCARITA S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA jueves, 30 de abril de 2026

Texto del aviso

LA TILCARITA S.R.L.

CONSTITUCION: Escritura 97, Folio 301 del 28/04/2026, Registro 331. Ciudad Autónoma Buenos Aires. 1) don

Sung Ho HYON, argentino, medico, nacido el 23 de octubre de 1964, D.N.I. 18.558.317, Cuit 20-18558317-2 y Erika

Magdalena MEISEN, argentina, medica, nacida el 14 de mayo de 1963, D.N.I. 16.430.532, Cuit 27-16430532-0 y

Lucas HYON, argentino, casado, escritor, nacido el 12 de junio de 1992, D.N.I. 36.873.313, Cuit 20-36873313-0,

todos domiciliados en la Avenida Cabildo 2938 piso 9° departamento “A”, Capital Federal. 2) “LA TILCARITA S.R.L.”.

3) Avenida Cabildo 2938 piso 9° departamento “A”, Capital Federal. 4) La sociedad tiene por objeto realizar por

cuenta propia, de terceros o asociada a terceros en cualquier parte del país o del extranjero las siguientes

actividades: A) Hotelería y turismo. La explotación de hoteles y establecimientos destinados al alojamiento en

general de personas, en las formas que las leyes vigentes o futuras establezcan, así como sus actividades

conexas o relacionadas, pudiendo inclusive realizar la adquisición y/o alquiler de bienes muebles e inmuebles

destinados a la explotación de hoteles, hostel, hospedajes, propiedad vacacional, tiempos compartidos, suites y/o

similares. La empresa podrá prestar servicios por sí y/o asociada con y/o mediante terceros servicios de agencia

y/o con fines turísticos y/o recreativos, servicio de hotelería, hospedaje, explotación de cabañas, bungalow,

aparts, salones de usos múltiples, gastronomía, turismo aventura, y/o de transporte turísticos, la organización

de excursiones y la prestación de todo servicio vinculado con viajes, excursiones y turismo, individuales y/o

grupales, nacionales o internacionales; y cualquier otra actividad relacionada con la comercialización tanto

dentro como fuera del establecimiento hotelero de productos relacionados con dicha actividad. Podrá, además,

realizar sin limitación toda otra actividad anexa, complementaria o derivada, que directamente se vincule con ese

objeto. B) Gastronomía: La explotación y administración de todo tipo de negocios gastronómicos, tales como

restaurantes, bares, confiterías y/o realización de recepciones, servicios de catering, concesiones gastronómicas,

comedores, casas de comidas, con o sin expendio de bebidas alcohólicas, en locales propios, alquilados y/o

concesionados. Elaboración, producción, transformación compra, importación, exportación, fraccionamiento y/o

comercialización de productos y subproductos alimenticios de todo tipo y bebidas, expendio de todo tipo de

bebidas. C) Complementariamente a su actividad principal, podrá organizar, producir, realizar y/o tomar a cargo

la administración de eventos, reuniones empresariales, culturales, artísticos, realizar la explotación de salones

de fiestas, espectáculos, convenciones, ferias, exposiciones y congresos; actividades culturales, científicas,

deportivas, recreativas en sus diversas modalidades, dentro y/o fuera de sus establecimientos y/o en locaciones

de terceros. D) La adquisición, enajenación y/o permuta de bienes muebles o inmuebles destinados a hotelería y

la gastronomía y actividades conexas. Realizar operaciones de franquicias y/o concesiones, bajo cualquiera de

sus modalidades referida a la actividad hotelera y gastronómica. Asimismo, para la consecución de su objeto la

sociedad podrá recurrir a aportes e inversiones de capitales de particulares y de personas jurídicas, nacionales

o extranjeras, concesión de préstamos y créditos, excluyéndose las operaciones comprendidas dentro de la Ley

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.900 - Segunda Sección 28 Jueves 30 de abril de 2026

de Entidades Financieras y toda otra que requiera el recurso al ahorro público. Para el desarrollo de su objeto

social la sociedad podrá participar en otras sociedades, en el país o en el extranjero, en la condición de socio o

accionista. Las actividades que así lo requieran serán realizadas por profesionales con título habilitante. A tal fin

la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que

no estén prohibidos por la Ley o por este Estatuto. 5) 99 años a contar de la fecha de escritura. 6) $ 3.000.000.-

El capital social se fija en la suma de TRES MILLONES de PESOS ($ 3.000.000), dividido en 3.000 cuotas de

$ 1.000.- valor nominal cada una, suscriptas por los socios de acuerdo a las siguientes proporciones: Sung Ho

HYON: 1.200 cuotas; Erika Magdalena MEISEN: 1.200 cuotas y Lucas HYON: 600 cuotas. El setenta y cinco

por ciento restante será integrado dentro del plazo de dos años. 7) GERENCIA: Sung Ho HYON. Lo que dure la

Sociedad (99 años). Domicilio Especial del Gerencia: Avenida Cabildo 2938 piso 9° departamento “A”, Capital

Federal. 8) La sociedad prescinde de la sindicatura. 9) 31/03 de cada año. Autorizado según instrumento público

Esc. Nº 97 de fecha 28/04/2026 Reg. Nº 331

Ana Maria Zubizarreta - Matrícula: 2238 C.E.C.B.A.

e. 30/04/2026 N° 27993/26 v. 30/04/2026