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N° 27969/26 Aviso del Boletín Oficial

OTOK S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS jueves, 30 de abril de 2026

Texto del aviso

OTOK S.A.

C.U.I.T. 30-70982752-5. Por Acta de Asamblea de fecha 27/3/2026, los accionistas modificaron los Artículos

3º, 10º, 11º y 13º del estatuto social. “ARTÍCULO 3º:”… (i) compra, venta, permuta, construcción, alquiler,

arrendamiento de propiedades inmuebles, inclusive las comprendidas bajo el régimen de propiedad horizontal,

así como también toda clase de operaciones inmobiliarias, incluyendo el fraccionamiento y posterior loteo de

parcelas destinadas a vivienda, urbanización, clubes de campo, explotaciones agrícolas o ganaderas y parques

industriales. Podrá, inclusive, dedicarse a la administración de propiedades inmuebles, propias o de terceros.- (ii)

explotación de establecimientos ganaderos para la cría, engorde e invernada de ganado vacuno, ovino, porcino,

caprino y/o equino; (iii) llevar a cabo operaciones financieras, de inversión y/o de garantía, excluyendo aquellas

operaciones comprendidas en la ley de entidades financieras, celebrando contratos financieros y/o de garantía

de cualquier tipo, incluyendo contratos de toma u otorgamiento de préstamos y/o de otorgamiento de garantías,

en este último supuesto personales o reales, incluyendo fianzas, avales, hipotecas, warrants, fideicomisos y/o

prendas, en garantía de y/o en relación con obligaciones propias y/o de sociedades controlantes, controladas

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.900 - Segunda Sección 10 Jueves 30 de abril de 2026

y/o vinculadas y/o de cualquier tercero….” Articulo 10º adecuan las garantías a las normas de IGJ. Articulo 11º

agregan “…En materia de garantías por obligaciones de terceros, la decisión del Directorio que resuelva su

otorgamiento estará sujeta a la ratificación de la asamblea de accionistas en los términos del artículo 13”. Articulo

13º agregan “La ratificación del otorgamiento de garantías por obligaciones de terceros requerirá, en todos los

casos, el voto favorable de al menos el ochenta y cinco por ciento (85%) del capital social con derecho a voto…”.

Se redacta un nuevo texto ordenado. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 116 de fecha 23/04/2026

Reg. Nº 34

VIVIANA MONICA DI GIACOMO - Habilitado D.N.R.O. N° 3326

e. 30/04/2026 N° 27969/26 v. 30/04/2026