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N° 28429/26 Aviso del Boletín Oficial

QUINTA CAPITAL S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS lunes, 4 de mayo de 2026

Texto del aviso

QUINTA CAPITAL S.A.

CUIT 30-70821341-8. Se informa que por Asamblea de Accionistas de fecha 22/04/2026 se resolvió (i) reformar el

artículo nueve referido al órgano de administración: “ARTICULO NUEVE: La administración de la Sociedad está

a cargo de un Directorio compuesto del número de miembros que fije la Asamblea, entre un número de uno (1)

y un máximo de siete (7), por el término de tres (3) ejercicios, pudiendo ser reelegibles en forma indefinida. La

Asamblea puede designar suplentes en igual o menor número que los titulares y por el mismo plazo, con el fin de

llenar las vacantes que se produjeran, en el orden de su elección. Los directores en su primera sesión posterior

a la Asamblea que los designó deben designar un Presidente y un Vicepresidente, este último reemplaza al

primero en caso de ausencia o impedimento. La Representación Legal corresponde al Presidente. El Directorio

se reunirá cada vez que sus miembros lo consideren necesario y por lo menos una vez cada tres meses. También

deberá reunirse cuando lo requiera cualquiera de los Directores y, en estos últimos casos, la citación la deberá

realizar el Presidente para que la misma se lleve a cabo dentro del quinto día de recibido el pedido. El Directorio

sesionará con la mayoría absoluta de sus integrantes. Las reuniones de directorio podrán celebrarse utilizando

mecanismos que les permitan a los participantes comunicarse simultáneamente entre ellos con audio y video,

tanto sea que todos o algunos de ellos se encuentren a distancia utilizando plataformas que se lo permitan. En

estos casos, quienes se comuniquen a distancia serán tenidos, a los fines del cómputo del quórum y de las

mayorías para tomar decisiones, como presentes en la reunión. En las reuniones de directorio, en las cuales, al

menos, algún participante se haya comunicado a distancia, se deberán cumplir con los siguientes requisitos: a)

Que la Sociedad utilice un sistema que otorgue libre acceso a todos los participantes mediante plataformas que

permitan la transmisión en simultáneo de audio y video, que admita su grabación en soporte digital y que habilite

la intervención con voz y voto de todos los asistentes, durante todo su desarrollo. b) Que en la convocatoria a

la reunión se informe de manera clara y sencilla cuál es el medio de comunicación elegido y cuál es el modo

de acceso a los efectos de permitir dicha participación. c) Que el representante legal de la Sociedad conserve

una copia en soporte digital de la reunión por el término de cinco años, la que deberá estar a disposición de

cualquier socio que la solicite. d) Que una vez concluida la reunión sea transcripta en el correspondiente libro

social, dejándose expresa constancia de las personas que participaron y estar suscripta por el representante

social. e) En el supuesto de que mediare una interrupción del sistema de comunicación utilizado en la reunión

antes que concluya que afecte al menos a uno de los participantes comunicados a distancia o la grabación de

la misma, la reunión se suspenderá de pleno derecho y automáticamente durante quince minutos. En caso de

que transcurrido dicho lapso, no se hubiese podido reanudar el funcionamiento del sistema de comunicación a

distancia o la grabación de la misma, la reunión pasará a un cuarto intermedio para el primer día hábil posterior a

la suspensión a la misma hora en que se hubiese iniciado la reunión suspendida, manteniendo plena validez las

resoluciones adoptadas hasta ese momento. Reanudada la reunión en las condiciones expuestas y restablecida la

comunicación de audio y video y su grabación, con todos los asistentes que constituyan el quórum necesario para

continuar, se tratarán únicamente aquellos puntos de la agenda de la reunión que no hubieran sido considerados

y/o resueltos antes de la interrupción. Si al reanudarse la reunión no se obtuviera el quórum necesario para

continuar, la misma concluirá al tiempo de la interrupción.” y (ii) aceptar la renuncia de los Sres. Gonzalo Rodriguez

Ponti y Matías Eduardo Ortelli Bertoncelli a sus cargos de Directores Suplentes (iii) designar a los Sres. Gonzalo

Gustavo Rodriguez Ponti, Matías Eduardo Ortelli Beroncelli y Cristian Abel Parrilla como Directores Titulares, y

a la Sra. Susana Osorio como Directora Suplente, fijando domicilio especial en Carlos Pellegrini 719, piso 3°,

Oficina B, CABA. Autorizado según instrumento privado Acta de Asamblea de fecha 22/04/2026

Paula María Pereyra Iraola - T°: 97 F°: 343 C.P.A.C.F.

e. 04/05/2026 N° 28429/26 v. 04/05/2026