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N° 28700/26 Aviso del Boletín Oficial

EC SOLUTIONS S.A.U.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS martes, 5 de mayo de 2026

Texto del aviso

EC SOLUTIONS S.A.U.

CUIT Nº 30-71051678-9. Se hace saber que por asamblea general ordinaria y extraordinaria del 19/01/2026 se

reformaron los siguientes artículos del estatuto: I) art. 1: Con la denominación WYLER S.A.U. continúa funcionando

la sociedad antes denominada “EC Solutions S.A.U.”; y II) art. 3: La sociedad tendrá por objeto desarrollar y prestar

servicios de soporte y mantenimiento de hardware y software, incluyendo sistemas de control no intrusivo, la

adquisición e instalación de equipos, repuestos, accesorios y componentes relacionados; así como la provisión

de mano de obra calificada, herramientas e insumos necesarios para la correcta ejecución de tareas de soporte,

instalación, puesta en marcha y mantenimiento preventivo y correctivo. Asimismo, la sociedad podrá diseñar,

desarrollar, implementar, comercializar y mantener soluciones tecnológicas integradas, incluyendo software

a medida, plataformas digitales y aplicaciones móviles, tanto propias como de terceros. Esto comprende la

provisión de servicios de consultoría tecnológica, análisis funcional y técnico, desarrollo de soluciones de

integración y asesoramiento especializado en transformación digital. El alcance de sus actividades incluye, pero

no se limita, a sistemas de gestión de estacionamientos (parking), sistemas automatizados de control y gestión

de flujos de pasajeros, soluciones de identificación biométrica, firma digital y autenticación electrónica, así como

otras tecnologías orientadas a la mejora de la experiencia de usuarios en espacios públicos y privados, tales

como aeropuertos, terminales de transporte, edificios corporativos, institucionales o comerciales. La sociedad

también podrá actuar como integradora de tecnologías de hardware y software, representar marcas nacionales

o extranjeras, importar o exportar productos y servicios relacionados con su objeto, así como participar en

licitaciones, concursos, convenios y contratos con entes públicos o privados, y establecer alianzas estratégicas

o acuerdos de cooperación en el marco de sus actividades, y realizar todas las actividades conexas, derivadas o

vinculadas a las precedentemente indicadas. Asimismo, la sociedad tendrá por objeto la prestación de servicios

aeroportuarios operacionales y de rampa en general, incluyendo los servicios de asistencia administrativa en

tierra y supervisión, que comprenden los servicios de representación y enlace con las autoridades locales o

cualquier otra persona y el suministro de locales a sus representantes, el control de la operaciones de carga,

los mensajes y las telecomunicaciones, la manipulación, almacenamiento, mantenimiento y administración

de unidades de carga y cualquier otro servicio de supervisión, antes, durante o después del vuelo, así como

cualquier otro servicio administrativo solicitado por el usuario. Asimismo, la sociedad podrá brindar asistencia a

pasajeros, lo que incluye toda forma de asistencia a la salida, llegada, tránsito o en correspondencia, en particular

el control de billetes y documentos de viaje, la facturación de equipajes y el transporte de los mismos hasta

las instalaciones de clasificación. A su vez, la sociedad podrá prestar el servicio de asistencia de equipajes,

incluyendo su manipulación en la sala de clasificación, su clasificación y preparación para el embarque, su carga

y descarga de los sistemas destinados a llevarlos de la aeronave a la sala de clasificación y a la inversa, así como

el transporte desde la sala de clasificación a la sala de distribución. La sociedad también podrá prestar el servicio

de asistencia de carga y correo, que comprende la exportación, importación o tránsito, la manipulación física, el

tratamiento de los documentos correspondientes, las formalidades aduaneras y toda medida cautelar acordada

entre las partes o exigida por las circunstancias. La sociedad también queda facultada para brindar el servicio de

asistencia de operaciones en pista, que comprende el guiado de la aeronave a la llegada y a la salida, la asistencia

a la aeronave para su estacionamiento y el suministro de los medios adecuados, incluyendo la provisión de

energía eléctrica y aire acondicionado durante su permanencia en tierra, las comunicaciones entre la aeronave

y el agente de asistencia en tierra, la carga y descarga de la aeronave, así como el transporte de la tripulación,

los pasajeros y los equipajes entre la aeronave y la terminal, la asistencia para el arranque de la aeronave y el

suministro de los medios adecuados, el desplazamiento de la aeronave, tanto a la salida como a la llegada y la

facilitación de elementos para el descenso y el ascenso de pasajeros a las aeronave, y su desplazamiento en las

instalaciones aeronáuticas. Asimismo, la sociedad podrá prestar el servicio de asistencia de limpieza y servicio

de la aeronave, que comprende la limpieza exterior e interior de la aeronave, el servicio de aseos y servicio de

agua, la climatización y calefacción de la cabina, la limpieza de la nieve, el hielo y la escarcha de la aeronave, el

acondicionamiento de la cabina con los equipos de cabina y el almacenamiento de dichos equipos, la limpieza

de cabinas, sanitarios, renovación de depósitos de tratamiento de desechos y retiro de residuos. La sociedad

también podrá prestar el servicio de asistencia de combustible y lubricante, que comprende la organización y

ejecución del llenado y vaciado del combustible, incluidos el almacenamiento y el control de la calidad y cantidad

de las entregas, y la carga de lubricantes y otros ingredientes líquidos. Asimismo, la sociedad está facultada

para la asistencia de mantenimiento en línea, que comprende las operaciones regulares efectuadas antes del

vuelo, las operaciones particulares exigidas por el usuario, el suministro y la gestión del material necesario

para el mantenimiento de las piezas de recambio y la solicitud o reserva de un punto de estacionamiento o

de un hangar para realizar operaciones de mantenimiento. La sociedad también podrá brindar asistencia de

operaciones de vuelo y administración de la tripulación, que abarca la preparación del vuelo en el aeropuerto

de salida o en cualquier otro lugar, la asistencia en vuelo, incluido, si procede, el cambio de itinerario, y los

servicios posteriores al mismo. A su vez, la sociedad puede brindar la asistencia de transporte de superficie,

que incluye la organización y ejecución del transporte de pasajeros, tripulaciones, equipajes, carga y correo

entre las distintas terminales del mismo aeropuerto, y cualquier transporte especial y/o transporte de pasajeros

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.902 - Segunda Sección 10 Martes 5 de mayo de 2026

con movilidad reducida solicitado por el usuario. Asimismo, la sociedad podrá brindar servicios de operación

y mantenimiento de pasarelas telescópicas o puente de carga de pasajeros, incluyendo todos los servicios

asociados a las mismas. Finalmente, la sociedad podrá brindar la asistencia y los servicios de seguridad en

el ámbito aeroportuario y toda otra actividad o servicio similar, coadyuvante o necesario a las prestaciones

mencionadas precedentemente y/o cualquier otro servicio comercial, adecuado a las regulaciones de carácter

técnico, incluyéndose asimismo cualquier otro servicio que pudiere incorporarse en el futuro como consecuencia

de modificaciones al régimen normativo aplicable. A tal fin, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para

adquirir derechos y contraer obligaciones y, en general, ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las

leyes o este estatuto. Autorizado según instrumento privado Asamblea de fecha 15/04/2026

ANACLARA BELEN VILLARREAL - T°: 148 F°: 386 C.P.A.C.F.

e. 05/05/2026 N° 28700/26 v. 05/05/2026