N° 29141/26 Aviso del Boletín Oficial
HOLDING ARECO S.A.
Texto del aviso
HOLDING ARECO S.A.
(CUIT 30-71117216-1) - Por Asamblea del 8/09/2025 se resolvió modificar el objeto social y reformar en
consecuencia el Artículo Tercero del estatuto social el cual quedó redactado de la siguiente forma: “ARTICULO
TERCERO: La sociedad tiene por objeto, la realización de las siguientes actividades, por cuenta propia o de
terceros o asociada a terceros, en el país o en el extranjero: a) Compra, venta, depósito, importación, exportación,
comercialización, producción, industrialización, elaboración, de semillas, cereales, oleaginosos, haciendas,
frutos del país y todo otro producto derivado de la explotación agrícola, ganadera y forestal o que tenga
aplicación en la misma, pudiendo actuar en negocios derivados, subsidiarios, conexos y complementarios de los
anteriores; producción, comercialización, representación, distribución, importación y exportación de productos
agroquímicos, herramientas, maquinarias, materias primas y todo lo relacionado con su aplicación; explotar
semilleros y/o producir semillas originales propias o de terceros; b) explotación y arrendamiento de campos;
explotación de cabañas para animales de pedigree o establecimientos rurales para la ganadería o la agricultura,
molinos e instalaciones para la preparación de alimentos para el ganado y aves; explotación de frigoríficos; c)
realizar todas las operaciones emergentes de la consignación, intermediación, transporte y comercialización
de productos agropecuarios en general, propios o de terceros, y en general de toda clase de distribuciones,
representaciones, comisiones y mandatos relacionados con la actividad agropecuaria; d) la producción,
elaboración, fraccionamiento, intermediación, y comercialización de productos agropecuarios, semillas, acopio
de cereales, productos agroquímicos, combustibles y lubricantes y sus derivados; e) inscribirse y actuar como
Corredora y/o comisionista de cereales o en su caso –conforme la legislación aplicable- preste tales servicios por
sí o –si correspondiera- con la intervención de los agentes y/o profesionales con incumbencias reglamentadas en
la materia de que se trata; f) explotar establecimientos de producción ganadera, de forma extensiva o intensiva,
tipo feed lots o similares, registrándose conforme la normativa aplicable; g) explotación de molinos o industrias
elaboradoras o procesadoras de materias primas agrícola-ganaderas, alimentos balanceados para animales,
pellets y similares; h) la producción y comercialización de biodiesel, aceites vegetales y derivados; i) la importación
y exportación de todo tipo de mercaderías, maquinarias o servicios relacionados con el objeto social. j) tomar
o adquirir participaciones en sociedades, pudiendo constituir o participar en calidad de socio o accionista en
otras sociedades constituídas o a constituirse, nacionales o extranjeras, comerciales y civiles según la normativa
aplicable, cualquiera sea su, naturaleza, objeto y tipo dentro de los permitidos por la legislación vigente, mediante
la suscripción de acciones, aportes de capital o adquisición de acciones y tenencias o participaciones, pudiendo
participar o no de su gestión o administración; participar en negocios, inversiones, empresas o sociedades,
relacionadas con la negociación de títulos públicos o privados, acciones o cualquier otro título mobiliario o
inmobiliario, hipotecas, otros derechos reales, o la titulación, tokenización o securitizacion de activos; someter al
grupo de sociedades participantes a una unidad de dirección para la mejor planificación, organización, ejecución
y control de las inversiones; otorgar fianzas, avales, créditos y todo tipo de garantías en general; comercialización
de bienes y derechos intelectuales (patentes, marcas, copyrigt, franchising y demás permitidos por la
legislación); tenencia y administración de inversión de fondos; operaciones de comercio internacional incluyendo
triangulaciones permitidas por la ley; titularizar cuentas bancarias en instituciones financieras nacionales y
extranjeras; administrar tenencias accionarias en otras sociedades o empresas, brindando asistencia técnica y
administrativa; tomar y dar préstamos en moneda nacional o extranjera o títulos valores, con o sin garantías reales
o personales y realizar todo tipo de operaciones financieras. Se excluyen aquellas actividades comprendidas en
la ley de entidades financieras u otras que requieran el concurso público.- Para todo ello, la sociedad tiene plena
capacidad jurídica.” Autorizado según instrumento público Esc. Nº 59 de fecha 23/02/2026 Reg. Nº 2
Diego Daniel Di Leonforte - T°: 127 F°: 426 C.P.A.C.F.
e. 06/05/2026 N° 29141/26 v. 06/05/2026