N° 30550/26 Aviso del Boletín Oficial
QUIN S.R.L.
Texto del aviso
QUIN S.R.L.
C.U.I.T 33-71522400-9.- Por escritura del 07/05/2026, folio 120, Registro 1538, C.A.B.A., la sociedad procedió a
RECONDUCIR EL PLAZO SOCIAL, DESIGNAR NUEVO GERENTE Y MODIFICAR EL CONTRATO SOCIAL.- En
virtud de ello: I) Se modificaron las clausulas segunda y sexta, las que quedan redactadas de la siguiente forma:
“SEGUNDA: La duración fue establecida originariamente en diez a contarse desde su inscripción en la Inspección
General de Justicia, o sea a partir del 21 de abril de 2016. La sociedad QUIN S.R.L. continúa funcionando POR
RECONDUCCION y su duración se fija el termino de DIEZ AÑOS a contar desde la inscripción de la reconducción
en la Inspección General de Justicia.”.- “SEXTA: La Administración, representación legal y uso de la firma social
estará a cargo de cuatro gerentes, pudiendo ser socios o no y por el término de duración de la sociedad, los
que deberán actuar de la siguiente forma: siempre uno de los gerentes del GRUPO A con uno de los gerentes
del GRUPO B.- A tal efecto se establece que Gabriel MAYO y Miguel Daniel MINTZER, conforman el grupo
denominado en adelante, GRUPO A y que Leonardo Cesar COLUSSO y Juan Martín SANTAGADA, conforman
el grupo denominado en adelante, GRUPO B.- En tal carácter tendrán las facultades para realizar los actos y
contratos tendientes al cumplimiento del objeto de la Sociedad, inclusive los previstos en los artículos 375 del
Código Civil y Comercial de la Nación.- Podrán especialmente operar con toda clase de bancos, compañías
financieras o entidades crediticias, oficiales y privadas; dar y revocar poderes especiales, generales judiciales, de
administración u otros, con o sin facultad de sustituir, iniciar, proseguir, contestar o desistir denuncias o querellas
penales y realizar todo otro hecho o acto jurídico que haga adquirir derechos o contraer obligaciones a la sociedad.-
Los gerentes constituirán una garantía que se regirá por las reglas siguientes: 1) Deberá consistir en bonos, títulos
públicos o sumas de moneda nacional o extranjera depositados en entidades financieras o cajas de valores, a
la orden de la sociedad; o en fianzas o avales bancarios o seguros de caución o de responsabilidad civil a favor
de la misma, cuyo costo deberá ser soportado por cada gerente; en ningún caso procederá constituir la garantía
mediante el ingreso directo de fondos a la caja social.- 2) Cuando la garantía consista en depósitos de bonos,
títulos públicos o sumas de moneda nacional o extranjera, las condiciones de su constitución deberán asegurar
su indisponibilidad mientras esté pendiente el plazo de prescripción de eventuales acciones de responsabilidad.-
3) El monto de la garantía será igual para todos los gerentes, no pudiendo ser inferior a la suma establecida en
las reglamentaciones vigentes, por cada uno; o de la suma que oportunamente fije el organismo de control.-
“.- II) Se designó como nuevo Gerente en la forma indicada en la cláusula sexta del contrato social a Leonardo
Cesar COLUSSO, argentino, nacido 6/11/1986, casado en primeras nupcias bajo el régimen de separación de
bienes con Micaela Romina Menzi, D.N.I 32.690.182, C.U.I.T/L 20-32690182-3, corredor inmobiliario, domiciliado
en Pinzon 1557, cuarto piso, departamento B, C.A.B.A; quien aceptó el cargo de gerente para el que ha sido
designado y constituyó domicilio especial en Tucumán 1657, 7º B C.A.B.A en el acta de reunión de socios del
30/04/2026; ratificandose a los restantes gerentes, quedando la gerencia actual compuesta por Gabriel MAYO
y Miguel Daniel MINTZER, quienes conforman el grupo denominado en adelante, GRUPO A y Leonardo Cesar
COLUSSO y Juan Martín SANTAGADA, conforman el grupo denominado en adelante, GRUPO B.- Autorizado
según instrumento público Esc. Nº 31 de fecha 07/05/2026 Reg. Nº 2026
MARIANO ZUCHOWICKI - Matrícula: 5827 C.E.C.B.A.
e. 11/05/2026 N° 30550/26 v. 11/05/2026