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N° 32274/26 Aviso del Boletín Oficial

MOSKY S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS viernes, 15 de mayo de 2026

Texto del aviso

MOSKY S.A.

CUIT 30-71698867-4. Por asamblea Extraordinaria del 30/04/2026 se modificó el objeto quedando redactado

el mismo de la siguiente manera: a) La compra y venta al por menor y al por mayor de materiales de usos

especiales y/o controlados, así como la compra y venta al por menor y al por mayor, importación, exportación,

comercialización, consignación y reparación de productos de armería, armas de fuego portátiles y municiones,

cartuchos, accesorios y sus complementos y cualquier tipo de producto relacionado a las actividades vinculadas

a la prestación de servicios de seguridad, nuevos o usados, taller de soldadura y mecanizado de piezas; b) La

fabricación de accesorios para armas de fuego portátiles tales que no constituyan materiales controlados por la

Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMaC); c) La gestoría integral de trámites relacionados con los

puntos antes enumerados, ante distintos organismos nacionales, provinciales, municipales y de cualquier índole,

actuales y por crearse, especialmente ante la Agencia Nacional de Materiales Controlados; d) Organización,

desarrollo y ejecución de actividades de formación, capacitación, actualización, entrenamiento, asistencia

técnica y consultoría destinadas a personal civil, corporativo e institucional, incluyendo empresas de seguridad

privada, organismos estatales, fuerzas policiales, fuerzas de seguridad, servicios penitenciarios, áreas de

protección civil, defensa civil y otros cuerpos especializados, en materias vinculadas con seguridad, prevención,

protección, gestión de crisis, uso racional de la fuerza conforme normativa aplicable, derechos humanos,

conducción operativa, mando y control, planeamiento, inteligencia criminal estratégica no reservada, seguridad

de instalaciones, custodia, protección ejecutiva, seguridad de eventos, manejo de emergencias, primeros

auxilios, evacuación, tiro virtual o simulado, entrenamiento táctico sin armas o con dispositivos autorizados,

y toda otra formación compatible con la normativa vigente. Asimismo, podrá diseñar, comercializar y dictar

cursos, diplomaturas, certificaciones privadas, programas de entrenamiento y actualización profesional, producir

material pedagógico y tecnológico, licenciar contenidos, montar plataformas educativas y celebrar convenios de

cooperación con entidades públicas y privadas. e) Vigilancia privada, seguridad de personas y de bienes que se

encuentren en lugares fijos; seguridad, custodia o portería prestada en locales bailables, confiterías y todo otro

lugar destinado a la recreación; custodias personales, acompañamiento y protección de personas determinadas;

custodia y transporte de bienes y valores, transporte, depósito, custodia, recuento y clasificación de billetes,

títulos, valores y mercaderías en tránsito; vigilancia con medios electrónicos, ópticos, electro ópticos, diseño,

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.910 - Segunda Sección 7 Viernes 15 de mayo de 2026

instalación y mantenimiento de dispositivos centrales de observación, registro de imagen, audio o alarmas, así

como cualquier otro dispositivo de control que incumba al área de seguridad; tareas de control de admisión y

permanencia de público en general en eventos y espectáculos musicales, artísticos y de entretenimiento en

general, que se celebren o realicen en estadios, clubes, pubs, discotecas, bares, restaurantes y todo otro lugar

de entretenimiento de público en general, aun cuando éstos se encuentren situados en espacios abiertos, en

la vía pública, en zonas marítimo-terrestres o portuarias o en cualquier otra zona de dominio público; prestar

estos servicios y de seguridad en general a empresas o instituciones privadas o públicas del estado Nacional,

Provincial o Municipal y en espacios públicos cuando estuviera autorizado por la normativa en materia de

seguridad y/o la Autoridad de Aplicación. Los servicios serán prestados con o sin uso de armas conforme lo

autorice la legislación vigente y en cumplimiento de la normativa del Registro Nacional de Armas. En la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires la sociedad actuará con-forme lo normado por la ley Nº 5688 de esta ciudad, sus

Decretos Reglamentarios y la normativa que en el futuro las modifiquen o complementen. Se reformo articulo 3°.

Autorizado según instrumento público Esc. Nº 39 de fecha 05/05/2026 Reg. Nº 1545

Gerardo Daniel Ricoso - T°: 95 F°: 2 C.P.A.C.F.

e. 15/05/2026 N° 32274/26 v. 15/05/2026