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N° 32545/26 Aviso del Boletín Oficial

OPERADORA DE ESTACIONES DE SERVICIOS S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS viernes, 15 de mayo de 2026

Texto del aviso

OPERADORA DE ESTACIONES DE SERVICIOS S.A.

CUIT 30-67877449-5 Por Acta de Asamblea 52 de fecha 04/05/2026 se reforma el Artículo tercero que queda

redactado de la siguiente forma: “ARTICULO TERCERO: Tiene por objeto realizar, por cuenta propia o ajena, en

forma independente o asociada a terceros, dentro o fuera de la República Argentina, las siguientes actividades:

(I) La instalación, explotación y funcionamiento de estaciones de servicios y bocas de expendio de combustibles,

lubricantes, y sus derivados, y los negocios accesorios o conexos: a) Compra, venta, al contado o a plazos,

con saldo en hipoteca, permuta, locación, leasing, comodato y usufructo de inmuebles, urbanos, suburbanos

o rurales, b) Construcción, refacción, ampliación, reforma y demolición de edificios, fincas y demás inmuebles,

c) Mensura, fraccionamiento, subdivisión y unificación de inmuebles, d) La gestión comercial de las estaciones

de servicios, ya sean propias, de propiedad de YPF S.A., o de terceros, en todo lo que sea referente a la

comercialización de petróleo crudo, combustibles, lubricantes, gas natural comprimido, gas envasado y demás

derivados, los que podrá comprar, vender, importar y exportar; comprar y vender productos y repuestos para

automóviles y negocios afines, e) Importar y exportar petróleo crudo, combustibles, lubricantes, gas natural

comprimido, gas envasado y demás derivados, f) El transporte de petróleo, productos derivados del petróleo,

productos químicos, productos petroquímicos y cargas generales. (II) El desarrollo de proyectos de exploración,

explotación, producción y comercialización de hidrocarburos líquidos y gaseosos, pudiendo a tales fines

realizar: (a) el estudio, exploración, descubrimiento, explotación, industrialización, producción, almacenamiento,

transporte, exportación y comercialización de todo tipo de hidrocarburos líquidos y/o gaseosos, como así también

sus subproductos y derivados directos e indirectos; (b) toda otra actividad complementaria, accesoria o conexa

que resulten necesarias o convenientes. (III) El otorgamiento de fianzas, avales y toda clase de garantías reales o

personales por obligaciones de terceros, incluso para el mantenimiento de ofertas o el cumplimiento de contratos,

dejando constancia que tal extremo se limita a personas jurídicas, sean estas participadas o participantes de la

propia Sociedad, así como también tomar participación en sociedades constituidas o a crearse ya sea mediante

la adquisición de acciones, la suscripción de acciones en sociedades constituidas o mediante la constitución de

sociedades; tomar participaciones en permisos de exploración, concesiones de explotación o en asociaciones

a dichos fines, dentro de los límites establecidos en este Estatuto. Se excluyen las operaciones comprendidas

por la Ley de Entidades Financieras y toda otra que requiera el concurso público. A tales fines, la Sociedad

tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos aquellos actos que

no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto. Autorizado según instrumento privado asamblea de fecha

04/05/2026

GABINO JUAN SALAS - T°: 37 F°: 218 C.P.A.C.F.

e. 15/05/2026 N° 32545/26 v. 15/05/2026