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N° 32760/26 Aviso del Boletín Oficial

JG SELSKAP S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA lunes, 18 de mayo de 2026

Texto del aviso

JG SELSKAP S.R.L.

CUIT 30717331253 Por Acta de Reunión Unánime de Socios de fecha 28de abril de 2026, se resolvieron las

siguientes modificaciones: 1) La socia Jennifer Joana Benitez, DNI 35185968, cede y transfiere la totalidad de sus

5.000 cuotas sociales(V.N. $ 10 c/u) a favor de la Sra. María Lujan Rodríguez, DNI29399407, argentina, casada

y comerciante, domiciliada en Juan Agustín García Nro. 2357, CABA. En virtud de la cesión, la Sra. Jennifer

Joana Benitez se retira de la sociedad y se incorpora como nueva socia la Sra. María Lujan Rodríguez. El capital

social de $ 100.000 queda integrado por: Guillermo David Benítez, 5.000 cuotas; y María Lujan Rodríguez, 5.000

cuotas 2) Se resolvió modificar la Cláusula Tercera del Contrato Social, la cual queda redactada de la siguiente

manera: TERCERA: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia, de terceros o asociada con terceros,

en el país o en el extranjero, la fabricación de artículos para ferretería, herrajes (herrajes para muebles y obra,

ferretería, cortinera, bulonería, bisagras) y tratamiento y acabado de superficies metálicas ferrosas y no ferrosas.

Transporte de mercadería procesada y materia prima para el proceso productivo. Adquisición y/o compra de

equipos y máquinas afines a la producción.Para el cumplimiento de su actividad la sociedad podrá importar y

exportar: artículos de ferretería, herrajes para muebles, artículos de iluminación, lámparas y tubos de diodos

emisores de luz (led), cobre y sus manufacturas, alambre de cobre, insumos de productos de computación e

informática. Asimismo, la sociedad podrá dedicarse a la compra, venta, importación, exportación, distribución,

comercialización y representación de artículos, equipos, insumos y piezas de informática, incluyendo, sin

limitación, computadoras, hardware, software, componentes electrónicos, periféricos, accesorios y todo otro

producto vinculado a la tecnología informática; así como la prestación de servicios relacionados con dichos

productos.Pudiendo contratar para el caso que sea necesario, a profesionales con título habilitante a los efectos

del cumplimiento del objeto. A esos fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos,

contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes Autorizado según instrumento

privado acta de fecha 28/04/2026

ALEJANDRO ESTEBAN PORTO - T°: 120 F°: 366 C.P.A.C.F.

e. 18/05/2026 N° 32760/26 v. 18/05/2026