N° 15923/8 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 14 - SECRETARÍA NRO. 28
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 14 - SECRETARÍA NRO. 28
Por 2 DÍAS. El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial nro.14, Sec. nro. 28, sito en la Av. Callao
635, Piso 2°, C.A.B.A., en autos: “Elevacomp SRL s/quiebra s/incidente de venta” expte 17.951/2021/1, hace
saber el inicio del procedimiento de Subastas Electrónicas Judiciales (Acordada 15/2025 CSJN) en el Portal
https://subastaselectronicasjudiciales.csjn.gov.ar, por intermedio de la Martillera María Paola Binetti, CUIT 27-
25048283-9, tel. 11-58699538/11-64907072, correo electrónico (paolabinetti@yahoo.com.ar), respecto del
siguiente automotor: Marca: Iveco modelo: Daily 55C16 PASO 3950 tipo: furgón año: 2016; Motor IVECO nro.
7244196, chasis IVECO nro. 93ZK53B01G8347295, dominio: AB838VH. Condiciones de venta: Al contado, al
mejor postor. BASE: $ 23.000.000,00. Se realizó su puesta en marcha, indicando un kilometraje de 155.318,
cuenta con la butaca del conductor con tapizado dañado, sin plástico protector de la columna de dirección,
espejos retrovisores laterales con faltantes y roturas, ambas luces traseras rotas, portón trasero con golpes,
rayones y hendiduras, al igual que el resto de los laterales, encontrándose en líneas generales en regular estado
de uso y conservación. Fecha de inicio: 17 de junio de 2026 a las 11:00. Fecha de finalización: 30 de junio de 2026
a las 11:00., pudiendo extenderse en el supuesto del art. 22 del Reglamento. Podrá ofertar en la subasta quien se
encuentre empadronado en el Registro de Subastas Electrónicas Judiciales, e inscripto en esta subasta, con una
antelación mínima de 3 (tres) días hábiles del comienzo del acto (fecha máxima de inscripción de postores: 11 de
junio de 2026 a las 11:00.). El precio deberá ingresarse en la cuenta en pesos en el Banco de la Ciudad de Buenos
Aires -Sucursal Judicial CBU 02900759-00230090807946 - a nombre de este tribunal y como perteneciente a
estas actuaciones, de aprobado el remate, sin necesidad de notificación ni requerimiento previo al adquirente y
bajo apercibimiento de declararlo postor remiso (cfr. art. 584 del Código Procesal). El comprador abonará, dentro
de los 5 (cinco) días hábiles de finalizada la subasta: a) importe total del precio ofrecido; b) 10% de comisión del
martillero en la cuenta a su nombre (Banco de la Provincia de Buenos Aires CBU: 0140034203716956177664;
alias: Tropa.Aula.Forma) y; c) 0,25% de arancel de la C.S.J.N. según Acordada 10/99 en la cuenta corriente
especial Nº 15923/8 PJN-0500/335- “Corte Suprema de Justicia de la Nación Dir. Adm. Dep. acord.10/99” CBU:
0290005610000001592389. IVA s/precio de venta 10,5%, el mismo no se encuentra incluido en el precio de
venta; y deberá ser solventado por el comprador. Transferencias: a) Personas físicas: las transferencias a cuentas
judiciales pueden realizarse a través de los sistemas de Banca electrónica / Home Banking, consignándose el
Nro. De CBU de la cuenta judicial de destino y el Nro. de CUIT 30 -99903208-3 (correspondiente al Banco de la
Ciudad de Bs.As.). No deberá transferirse a través de la opción inmediata, sino de manera “Diferida” u opciones
similares:“no inmediata”, “transferencia programada”, “acreditación en 24, 48 o 72 hs”, “Será cursada por cámara
compensadora”, etc. En caso de no poder transferir a través de estas modalidades, podrán hacerlo a través de
cajeros automáticos, operando desde la interfaz de su cuenta particular, y siempre bajo la modalidad “Diferida”,
o también acercándose a una sucursal de su entidad bancaria y solicitando que desde allí se realice la transferencia
a través del sistema COELSA, o mediante una MEP /Medio electrónico de pagos (bajo los códigos DJ1 o DJ3).
No se admite la cesión del boleto de compraventa. Asimismo, corre por cuenta del comprador: i) la remoción de
cualquier impedimento que obstaculizara la escrituración y/o transferencia que fuera ajeno al concurso y ii)
hacerse cargo de la totalidad de gastos que ocasione la transferencia de cualquier índole que sean. Para el caso
de que el adquirente fuere quien eventualmente planteare la nulidad de la subasta, para hacer uso de esta
facultad, deberá integrar el saldo de precio a las resultas de la decisión sobre el planteo nulidificatorio. Las
deudas que por cualquier concepto pesen sobre el automotor a subastar devengadas hasta el decreto de quiebra
están sujetas a la verificación dispuesta por el ordenamiento concursal y las devengadas desde el decreto de
quiebra y hasta la toma de posesión, por gozar del privilegio del art. 244 LC, deben ser abonadas por la sindicatura
en caso que los fondos alcancen, dentro de los treinta días de depositado el precio. Las deudas posteriores a la
toma de posesión se encuentran a cargo del adquirente. La adjudicación recaerá en el postor que, luego de la
puja que se realizará, ofrezca el precio más alto según cuadro de tramos de pujas determinado previamente
sobre el valor de la base que se fije, incrementado en un 5% para cada tramo (art. 19 y 20 del Reglamento de
Subastas Electrónicas Judiciales). En caso de que exista igualdad entre posturas máximas secretas, tendrá
prioridad aquella realizada con fecha y/u hora anterior (art. 21 del Reglamento de Subastas Electrónicas Judiciales).
Por lo que quienes pretendan participar como oferentes deberán estar previamente empadronados en el “Registro
General de Subastas Electrónicas Judiciales” según procedimiento previsto en los arts. 3, 5, 6, 7, 8, 9 y 10 del
reglamento antes referido. Asimismo, deberán inscribirse como postores en la subasta en cuestión a través del
formulario respectivo obrante en el “Portal de Subastas Electrónicas Judiciales” designado como “Ficha de
inscripción como postor” con una antelación mínima de 3 días hábiles al comienzo de su celebración. La
formulación de ofertas implicará el conocimiento y aceptación de todos los términos y condiciones aquí fijados y
disposiciones contenidas en el Reglamento de Subastas Electrónicas Judiciales. c) El acto del remate tendrá
lugar durante el plazo de 10 días, pudiendo extenderse su cierre por el término de 10 minutos si en sus últimos 3
minutos previos a la finalización, algún postor ofertara un precio más alto y hasta que no se realicen nuevas
ofertas en el período de extensión (arts. 17 y 22 del Reglamento de Subastas Electrónicas Judiciales aprobado
por Acordada CSJN Nro.15/2025). El vencedor en la subasta deberá presentar en autos dentro de los 3 días
siguientes a su finalización la siguiente documentación: comprobante de inscripción a la subasta;; constancia del
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.914 - Segunda Sección 83 Jueves 21 de mayo de 2026
Código de Postor, copia del DNI y constancia de CUIT. Además, deberá ratificar el domicilio oportunamente
informado o constituir uno nuevo (art. 26 del Reglamento de Subastas Electrónicas Judiciales). La posesión e
inscripción se cumplirá dentro de los treinta días siguientes de acreditada la efectivizarían del saldo de precio. Si
el vencedor de la subasta no integra el precio y fuere declarado postor remiso, en caso que haya postores que
hubieran hecho ofertas mayores o iguales al 95% de la oferta ganadora se invitará a quien hubiere realizado la
segunda mejor oferta a ratificarla. Si el interesado lo hiciera, será considerado como el oferente ganador de la
subasta. Caso contrario, serán invitados sucesivamente quienes hubieren realizado las siguientes mejores
ofertas, siempre que cumplan la condición prevista más arriba, hasta tanto alguno la ratifique y formalice la venta.
Si las siguientes ofertas no fueren iguales o mayores al 95% de la primera podrá invitarse, de oficio o a pedido de
parte, sucesivamente a los siguientes postores a ratificarla. Asimismo y para el caso que quien realice la última
oferta lo haga en representación de un tercero deberá acreditar tal calidad con poder especial (cfr. art. 1881, inc.
7° del Código Civil que fuera receptado por el art. 375, inc. “e” del Código Civil y Comercial de la Nación) y exhibir
el respectivo instrumento en ese mismo momento bajo apercibimiento de continuar con el acto de subasta y en
su caso, hacerlo responsable de los eventuales perjuicios que pudiera haber ocasionado su accionar. Quien sea
declarado postor remiso, será responsable de la disminución real del precio que se obtuviere en la nueva subasta,
de los intereses acrecidos, de los gastos ocasionados y de las costas causadas (art. 584 CPCCN). El vencedor
en la subasta deberá presentar ante la autoridad judicial competente, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes
a la finalización, la siguiente documentación: comprobante de inscripción a la subasta; constancia del Código de
Postor y toda documentación que, a criterio de la autoridad judicial, sea necesario acreditar. La exhibición será:
En el depósito Judicial, sito en María Elena Walsh y 8 de Marzo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, “Ex
División Perros”, los 28 y 29 de mayo de 2026, en el horario de 10:00 a 12:00hs-. Publíquese edicto por dos días
en el “Boletín Oficial” CABA, de Mayo de 2026. PABLO D FRICK Juez - MARTIN SARMIENTO LASPIUR
SECRETARIO
e. 21/05/2026 N° 34030/26 v. 22/05/2026