N° 35201/26 Aviso del Boletín Oficial
MACATEX S.A.
Texto del aviso
MACATEX S.A.
30709348511. Por asamblea del 20/05/26 se REFORMA el Art. 3º del estatuto. Queda redactado: “La sociedad
tendrá por objeto realizar por cuenta propia y/o de terceros y/o asociada a terceros, en el país o en el extranjero,
las siguientes actividades: a) explotación en establecimientos rurales, propios o de terceros; elaboración,
procesamiento, transformación, industrialización y confección de fibras animales, vegetales, artificiales, sintéticas
y sus mezclas; fabricación de productos elaborados en base a fibras textiles; compra, venta, importación,
exportación, consignación, distribución, representación y comercialización de productos relacionados con la
industria textil, indumentaria técnica, uniformes, equipamiento personal y toda clase de productos vinculados
con la actividad agro-textil y textil industrial. b) comercialización, importación, exportación, consignación,
distribución, fabricación, ensamblado y representación de productos de armería, armas de fuego, municiones,
accesorios, insumos y equipamiento especializado; equipamiento táctico; óptica; sistemas de comunicación;
sensores; tecnología aplicada a seguridad, defensa y tecnología naval; equipamiento especializado destinado a
fuerzas de seguridad, fuerzas armadas, organismos estatales, infraestructura crítica y sector privado; productos,
materiales, equipamientos y servicios vinculados con actividades de seguridad y defensa; materiales de usos
especiales; sistemas de protección balística, incluyendo protección corporal, cascos balísticos, placas balísticas,
escudos balísticos y soluciones de protección balística estructural para instalaciones, centros de entrenamiento y
polígonos de tiro; sistemas de vigilancia, comunicaciones tácticas, sensores, control y monitoreo; equipamiento
especializado para seguridad pública y privada; sistemas tecnológicos aplicados a seguridad y defensa; artículos
deportivos, cuchillería, materiales de camping, embarcaciones, bicicletas, automotores, motovehículos, artículos
de bazar, regalería, juguetería, librería, ferretería, iluminación, electricidad, electrodomésticos, celdas de batería
y toda clase de bienes y productos permitidos e incluidos en el nomenclador aduanero. Las actividades que así
lo requieran serán efectuadas por profesionales con título habilitante al efecto, y las relacionadas con materiales
controlados, armas, municiones y demás productos sujetos a regulación especial serán desarrolladas con
sujeción a la normativa vigente y a las autorizaciones, habilitaciones y registros exigidos por la Agencia Nacional
de Materiales Controlados (A.N.Ma.C.), la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología
Médica (A.N.M.A.T.) y/o cualquier otro organismo competente que en el futuro las reemplace. c) participar en
licitaciones y/o concursos públicos o privados, y contratar con entidades estatales, oficiales, municipales,
provinciales, nacionales, organismos no gubernamentales y entidades privadas, tanto en el país como en el
exterior. A tales fines, la sociedad tendrá plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y
realizar todos los actos, contratos y operaciones que no se encuentren prohibidos por las leyes o por el presente
estatuto social.” Autorizado según instrumento privado ASAMBLEA de fecha 20/05/2026
GABRIEL CARLOS PATRI - T°: 131 F°: 922 C.P.A.C.F.
e. 27/05/2026 N° 35201/26 v. 27/05/2026