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N° 34064/26 Aviso del Boletín Oficial

RUTAS SUR ATLANTICO S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS jueves, 28 de mayo de 2026

Texto del aviso

RUTAS SUR ATLANTICO S.A.

Constitución de Sociedad Anónima. Informa que se rectifica edicto T.I. N° 34064/26 del 21/05/2026. Donde

dice “30-71910712-3” debe decir “30-70910712-3”. Asimismo por Escritura Complementaria de Constitución de

Sociedad Anónima N° 80 del 26/05/2026 se modificó el artículo 4° (Objeto) del estatuto social, quedando redactado

de la siguiente manera: “La Sociedad tiene por objeto exclusivo el cumplimiento del Contrato de Concesión

Proyecto “Red Federal de Concesiones - Etapa II” (“RFC - Etapa II”) del Tramo Sur - Atlántico - Acceso Sur que

se suscribirá entre el Estado Nacional - Ministerio de Economía - Secretaría de Transporte (el “Concedente”)

y la Sociedad (el “Contrato de Concesión”), para la ejecución del proyecto de concesión de obra pública por

peaje para la construcción, explotación, administración, reparación, ampliación, conservación, mantenimiento,

prestación de servicios al usuario y la realización de nuevas explotaciones complementarias que permitan obtener

ingresos adicionales bajo el régimen de la Ley Nro. 17.520 modificada por la “Ley de Bases y Puntos de Partida

para la Libertad de los Argentinos” Nro. 27.742 y su Decreto reglamentario Nro. 713 de fecha 9 de agosto de 2024,

de los “Tramos Sur, Atlántico, Acceso Sur y Pampa de la RFC - Etapa II” conforme se encuentran definidos en

el Pliego de Bases y Condiciones Particulares aprobado por Resolución RESOL-2025-1843-MEC del Ministerio

de Economía y las Circulares Emitidas en el Marco de la Licitación Pública Nacional e Internacional Número

504-0013-LPU2025, del Tramo Sur - Atlántico - Acceso Sur, adjudicado por Resolución RESOL-2026-706-APN-

MEC del Ministerio de Economía (el “Proyecto”). Para el cumplimiento de su objeto, la Sociedad tiene plena

capacidad para realizar todas aquellas actividades que sean necesarias o conducentes a los fines indicados

precedentemente, así como las siguientes actividades: (1) Construcción: mediante la ejecución por sí o a través

de la contratación de terceros de toda clase de obras vinculadas a su objeto social. (2) Comerciales: mediante la

compra, venta, locación, leasing, importación y exportación de bienes de todo tipo, relacionados con su objeto

social. (3) Financieras: mediante la realización en general de toda clase de operaciones financieras con exclusión

de las previstas en la Ley Nro. 21.526 de Entidades Financieras y sus modificatorias. Además podrá realizar

operaciones de afianzamiento financiero, comercial o de otro tipo, incluyendo sin limitación, el otorgamiento

de avales, fianzas y/u otras garantías, reales o no. (4) Contractuales: mediante la celebración de toda clase de

contratos, pudiendo contraer obligaciones, incluso préstamos con bancos oficiales o particulares, nacionales o

extranjeros, organismos internacionales de crédito y/o cualquier otra naturaleza. Asimismo podrá emitir en el país

o en el extranjero, debentures, obligaciones negociables y otros títulos de deuda en cualquier moneda con o sin

garantía real, especial o flotante, convertibles o no. (5) Mandatos: mediante el ejercicio de representaciones o

mandatos vinculados a su objeto social. (6) Explotación: mediante la explotación comercial por sí o por terceros

de las áreas de servicio a través de negocios, construcciones, comercios y cualquier otra forma de conformidad

a lo establecido por el Contrato de Concesión Proyecto RFC - Etapa II. Para el cumplimiento de su objeto la

Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, pudiendo realizar toda

clase de actos jurídicos y operaciones que se relacionen con aquel y que tiendan a su correcta ejecución.”

Autorizado según instrumento público Esc. Nº 78 de fecha 18/05/2026 Reg. Nº 41

Ignacio Martin Meggiolaro - T°: 100 F°: 507 C.P.A.C.F.

e. 28/05/2026 N° 35940/26 v. 28/05/2026