N° 35774/26 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 9 - SECRETARÍA NRO. 17
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 9 - SECRETARÍA NRO. 17
El Juzg. Nac. de 1ra. Instancia en lo Comercial N° 9 a cargo del Dr. Javier Cosentino, Sec. N° 17 a mi cargo,
sito en M. T. de Alvear 1840, Piso 4º CABA, hace saber por cinco días que con fecha 20.05.26 en los autos
“LABORATORIOS SOLKOTAL S.A. S/QUIEBRA” (Exp. Nro. 18598/2025) se decretó la quiebra de LABORATORIOS
SOLKOTAL S.A. (CUIT 30-70842990-9) con domicilio en la calle Magallanes 1076 CABA inscripta en el Registro
Público de Comercio a cargo de la IGJ bajo el N° 9428 del L° 22 de Sociedad por acciones con fecha 10.07.03.
Hasta el 02.09.26 podrán los acreedores con asistencia letrada ingresar digitalmente sus insinuaciones junto con
toda la documentación respaldatoria en el inc. Nro. 18598/2025/1, a cuyo fin deberán dar estricto cumplimiento
a lo dispuesto con fecha 20.05.26 a lo que se remite (v. pto. II ap. “i”). En tal inc. deberán también formularse
digitalmente las observaciones que se formulen en los términos del art. 34 LCQ y sus contestaciones según lo
autorizado en dicho decisorio. El arancel previsto en el art. 32 LCQ deberá abonarse por transferencia a la cuenta
identificada con CBU 0340100808100758529009 de titularidad de Pablo Mariano Yaryura (CUIT 20-24036719-0).
A los fines de presentar su solicitud de verificación en soporte papel los acreedores que no cuente con asistencia
letrada deberán solicitar turno a la síndico Virginia María Cedrún -con domicilio en la calle Colonias 2243 CABA
y tel. -4811-2269- mediante el envío de mail a la dirección estudioyaryurarivello@gmail.com. A tal fin deberán dar
estricto cumplimiento a las pautas fijadas en el pto. II ap. “i” del decisorio de fecha 20.05.26 a lo que se remite.
La síndico presentará los informes que disponen los arts. 35 y 39 los días 15.10.26 y 30.11.26 -respectivamente-.
La fecha para dictar el auto verificatorio vence el 29.10.26. La audiencia de explicaciones se llevará a cabo el
04.02.27 a las 10:00 hs. en la sala de audiencias del tribunal. Se intima a la fallida y a 3ros. para que entreguen
al síndico los bienes del deudor que tengan en su poder y se hace saber la prohibición de hacerle pagos, bajo
apercibimiento de declararlos ineficaces. Intímese al deudor y a sus administradores para que dentro de las 48
hs. cumplan los requisitos a previstos por el art. 86 LCQ y constituyan domicilio procesal en esta jurisdicción,
bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. Buenos Aires, 27 de mayo de 2026.
JAVIER COSENTINO Juez - CLAUDIO F. MARJANOVIC TELEBAK Secretario
e. 28/05/2026 N° 35774/26 v. 03/06/2026