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N° 37305/26 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO FEDERAL DE GARANTÍAS EN LO PENAL

Edictos Judiciales martes, 2 de junio de 2026

Texto del aviso

JUZGADO FEDERAL DE GARANTÍAS EN LO PENAL

ECONÓMICO NRO. 9 - SECRETARÍA NRO. 17

El Juzgado Federal de Garantías en lo Penal Económico nro. 9, Secretaría nro. 17, a cargo del Dr. Javier López

Biscayart -sito en la calle Sarmiento 1118, 3er piso, de esta ciudad, tel. 4124-7070- notifica a Leandro Hernán

Paparini (DNI nro. 23.553.995) por edictos que se publicarán por cinco días, que en el incidente de falta de

acción nro. 1345/2023/1 formado en el marco de la causa nro. 1345/2023, caratulada “Programas de Prevención

Médica SA y otros sobre infracción ley 27430”, se ha dictado la siguiente resolución que en lo pertinente se

transcribe a continuación: “Buenos Aires, (10) de abril de 2026. AUTOS Y VISTOS (...) Y CONSIDERANDO: 2.

Que, el agente Fiscal a cargo de la dirección de la investigación (art. 196 CPPN), dictaminó: (...) b. Solicitando se

dicte el sobreseimiento de (...) Leandro Hernán Paparini, por la presunta comisión del delito previsto en el artículo

5 del Régimen Penal Tributario, con relación a los aportes y contribuciones correspondientes al sistema de la

seguridad social al cual se habría encontrado obligada la sociedad por los periodos 04/2021 a 11/2022, ambos

inclusive, por cuanto los hechos no encuadran en una figura legal (art. 336 inc. 3 del CPPN), en tanto no alcanzan

el umbral cuantitativo establecido por la ley 27799, cuya aplicación al caso resulta más benigna. (...) RESUELVO:

II. DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO de (...) Leandro Hernán Paparini (DNI nro. 23.553.995), de las demás

condiciones personales obrantes en autos, en orden a los hechos descriptos en el punto b) del considerando

segundo, en virtud de que los mismos no constituyen delito (art. 5º del Régimen Penal Tributario -artículo 279 de

la ley 27430- según ley 27799; arts. 2° del Código Penal; 334, 335 y 336, inciso 3, del CPPN; art. 18 de la CN; art.

9 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y el art. 15, ap. 1 del Pacto Internacional de Derechos

Civiles y Políticos). Se hace expresa mención de que la formación del presente proceso en nada afecta el buen

nombre y honor de que hubieran gozado (art. 336, in fine, del CPPN). CON COSTAS en el orden causado (arts.

530 y 531 del CPPN), eximiendo a los sobreseídos de las comunes. (...) Fdo. Javier López Biscayart. Ante mí:

Mariana Leonor Chaij, Secretaria”. Javier López Biscayart Juez - Mariana Leonor Chaij Secretaria

e. 02/06/2026 N° 37305/26 v. 08/06/2026