W20 Argentina W20Argentina

N° 37319/26 Aviso del Boletín Oficial

LES CINQ CAPITAL S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS martes, 2 de junio de 2026

Texto del aviso

LES CINQ CAPITAL S.A.

LES CINQ CAPITAL S.A. CUIT 30-71856508-8, comunica que por Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria

de Accionistas de fecha 30/4/2026 se resolvió: (i) reformar el artículo séptimo del estatuto social el cual quedó

redactado de la siguiente manera: “La dirección y administración de la Sociedad está a cargo del Directorio,

integrado por uno (1) a siete (7) miembros titulares, conforme lo determine la Asamblea. La Asamblea podrá

resolver también la elección de directores suplentes y fijará su número, que no podrá exceder el de los directores

titulares. En caso de que la Sociedad recaiga en el artículo 299 de la Ley número 19.550, a excepción del inciso 7,

el Directorio estará integrado por un mínimo de tres (3) directores titulares e igual o menor número de suplentes.

El término de su elección es de tres (3) ejercicios. La asamblea fijará su remuneración. Las reuniones de Directorio

podrán ser convocadas por cualquier medio de notificación, incluyendo al domicilio especial y a la dirección de

correo electrónico que los directores informen al Directorio de la sociedad a tal efecto. En caso de designarse

más de un director titular, el Directorio sesionará con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros y

resuelve por mayoría de los presentes; en caso de empate, el Presidente desempatará votando nuevamente. De

conformidad con lo requerido por el artículo 256 de la Ley número 19.550, cada uno de los directores titulares

deberá constituir una garantía por un monto no inferior a la suma que establezcan las normas y disposiciones

legales vigentes, por cada uno de ellos. Dicha garantía deberá consistir en bonos, títulos públicos o sumas de

moneda nacional o extranjera depositadas en entidades financieras o cajas de valores, a la orden de la sociedad;

o en fianzas o avales bancarios o seguros de caución o de responsabilidad civil a favor de la sociedad, cuyo

costo estará a cargo de cada director. La garantía deberá mantener su exigibilidad por un plazo no inferior a tres

(3) años contados desde el cese en las funciones del director. Los directores suplentes sólo deberán constituir la

garantía desde que asuman efectivamente el cargo en reemplazo de un director titular. El Directorio tiene amplias

facultades de administración y disposición, incluso las que requieren poderes especiales a tenor del artículo

375 del Código Civil y Comercial de la Nación y el artículo 9 del Decreto Ley número 5965/63, siempre que tales

actos respondan al giro normal y constituyan parte del objeto de la sociedad. Puede en consecuencia, celebrar

en nombre de la sociedad toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social, entre ellos

operar con entidades bancarias y demás instituciones de créditos oficiales y privadas, compañías financieras,

otorgar poderes a una o más personas con el objeto y extensión que juzgue conveniente. Las reuniones del

directorio podrán celebrarse a distancia utilizando medios que les permitan a los participantes comunicarse

simultáneamente entre ellos, y en la medida que se garantice: (i) la libre accesibilidad de todos los participantes

a las reuniones; (ii) la posibilidad de participar de la reunión a distancia mediante plataformas que permitan

la transmisión en simultáneo de audio y video; (iii) la participación con voz y voto de todos los miembros y

del órgano de fiscalización, en su caso; (iv) que la reunión celebrada de este modo sea grabada en soporte

digital; (v) que el representante conserve una copia en soporte digital de la reunión por el término de cinco (5)

años, la que debe estar a disposición de cualquier accionista que la solicite; (vi) que la reunión celebrada sea

transcripta en el correspondiente libro social, dejándose expresa constancia de las personas que participaron y

estar suscriptas por el representante legal; y (vii) que en la convocatoria y en su comunicación por la vía legal y

estatutaria correspondiente, se informe de manera clara y sencilla cuál es el medio de comunicación elegido y

cuál es el modo de acceso a los efectos de permitir dicha participación. A los efectos del quórum, se computará

tanto a los directores presentes físicamente como a los que participaron a distancia”; (ii) emitir un nuevo texto

ordenado;(iii) ratificar la designación del Sr. Nestor Fernando Di Biasi como Director Titular y Presidente; (iv) ratificar

las designaciones de los Sres. Luis Leónides Saadi, Sebastián Ferrer Reyes y Martín Cavalli como Directores

Titulares; (v) designar a los Sres. Juan Carlos Frabega y Raúl Bernardo Jenckino como Directores Titulares;

(vi) designar a la Sra. Natalia Careli Olmos como Directora Suplente; y (vii) ratificar la designación del Sr. Lucas

Ignacio Minuto como Director Suplente. Los Sres Juan Carlos Frabega y Raúl Bernardo Jenckino fijaron domicilio

especial en Esmeralda 1061, Piso 3, oficina 307, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La Sra. Natalia Careli

Olmos fijó su domicilio especial en Julieta Lanteri 1331, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Autorizado según

instrumento privado Acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de fecha 30/04/2026

Ignacio Martin Meggiolaro - T°: 100 F°: 507 C.P.A.C.F.

e. 02/06/2026 N° 37319/26 v. 02/06/2026