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N° 37525/26 Aviso del Boletín Oficial

ALIMENTOS CARIBE S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA miércoles, 3 de junio de 2026

Texto del aviso

ALIMENTOS CARIBE S.R.L.

CUIT 30-71803787-1. Por Reunión de Socios, del 19/05/2026, se resolvió por unanimidad: i) Aceptar la renuncia

del Sr. Jahann de Jesús Acuña Villalba a su cargo de Gerente, y designar en su reemplazo al Sr. Christian

Maximiliano ETCHART, quien aceptó el cargo y constituyó domicilio especial en la Av. Belgrano Nº 1420, Piso 3º,

Depto. “E”, C.A.B.A.; (ii) Mudar la sede social -sin reforma de estatuto- a la Av. Belgrano Nº 1420, Piso 3º, Depto.

“E”, C.A.B.A. Por Reunión de Socios, del 22/05/2026, se resolvió por unanimidad: iii) Modificar la denominación

social por la de Exchange OE S.R.L. y la nueva redacción de la cláusula primera: “ARTICULO PRIMERO: La

sociedad se denomina “Exchange OE S.R.L.”, continuadora de “Alimentos Caribe S.R.L.” y tiene su domicilio

legal en jurisdicción de la Ciudad de Buenos Aires. Podrá instalar agencias, sucursales, establecimientos o

cualquier especie o representación dentro o fuera del país.”; iv) Reformar el objeto social, quedando redactado

de la siguiente forma: “ARTICULO TERCERO: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de

terceros, o asociada a terceros, en cualquier lugar de esta República, o en el exterior, con sujeción a las leyes de

los respectivos países, a las siguientes actividades: Prestación de servicios electrónicos de pagos y/o cobranzas

por cuenta y orden de terceros, de facturas de servicios, impuestos y otros servicios. Toda actividad que en virtud

de la materia haya sido reservada a profesionales con título habilitante, será realizada por medio de estos. A tal

fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los

actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.” Autorizado según instrumento privado Acta de

Reunión de Socios de fecha 22/05/2026.-

Lucía Agundez - T°: 114 F°: 540 C.P.A.C.F.

e. 03/06/2026 N° 37525/26 v. 03/06/2026