N° 37305/26 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO FEDERAL DE GARANTÍAS EN LO PENAL
Texto del aviso
JUZGADO FEDERAL DE GARANTÍAS EN LO PENAL
ECONÓMICO NRO. 9 - SECRETARÍA NRO. 17
El Juzgado Federal de Garantías en lo Penal Económico nro. 9, Secretaría nro. 17, a cargo del Dr. Javier López
Biscayart -sito en la calle Sarmiento 1118, 3er piso, de esta ciudad, tel. 4124-7070- notifica a Leandro Hernán
Paparini (DNI nro. 23.553.995) por edictos que se publicarán por cinco días, que en el incidente de falta de
acción nro. 1345/2023/1 formado en el marco de la causa nro. 1345/2023, caratulada “Programas de Prevención
Médica SA y otros sobre infracción ley 27430”, se ha dictado la siguiente resolución que en lo pertinente se
transcribe a continuación: “Buenos Aires, (10) de abril de 2026. AUTOS Y VISTOS (...) Y CONSIDERANDO: 2.
Que, el agente Fiscal a cargo de la dirección de la investigación (art. 196 CPPN), dictaminó: (...) b. Solicitando se
dicte el sobreseimiento de (...) Leandro Hernán Paparini, por la presunta comisión del delito previsto en el artículo
5 del Régimen Penal Tributario, con relación a los aportes y contribuciones correspondientes al sistema de la
seguridad social al cual se habría encontrado obligada la sociedad por los periodos 04/2021 a 11/2022, ambos
inclusive, por cuanto los hechos no encuadran en una figura legal (art. 336 inc. 3 del CPPN), en tanto no alcanzan
el umbral cuantitativo establecido por la ley 27799, cuya aplicación al caso resulta más benigna. (...) RESUELVO:
II. DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO de (...) Leandro Hernán Paparini (DNI nro. 23.553.995), de las demás
condiciones personales obrantes en autos, en orden a los hechos descriptos en el punto b) del considerando
segundo, en virtud de que los mismos no constituyen delito (art. 5º del Régimen Penal Tributario -artículo 279 de
la ley 27430- según ley 27799; arts. 2° del Código Penal; 334, 335 y 336, inciso 3, del CPPN; art. 18 de la CN; art.
9 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y el art. 15, ap. 1 del Pacto Internacional de Derechos
Civiles y Políticos). Se hace expresa mención de que la formación del presente proceso en nada afecta el buen
nombre y honor de que hubieran gozado (art. 336, in fine, del CPPN). CON COSTAS en el orden causado (arts.
530 y 531 del CPPN), eximiendo a los sobreseídos de las comunes. (...) Fdo. Javier López Biscayart. Ante mí:
Mariana Leonor Chaij, Secretaria”. Javier López Biscayart Juez - Mariana Leonor Chaij Secretaria
e. 02/06/2026 N° 37305/26 v. 08/06/2026