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N° 39569/26 Aviso del Boletín Oficial

3 AMPER S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA miércoles, 10 de junio de 2026

Texto del aviso

3 AMPER S.R.L.

CUIT: 30-71600232-9. Por Acta de Reunión de Socios de fecha 26/12/2025 se resolvió: (i) designar a Vicente

Javier Giorgio como Gerente Titular de la Sociedad. El Gerente designado aceptó el cargo al cual fue designado,

constituyendo domicilio especial en Ortiz de Ocampo 3302, módulo 1, Oficina 6, de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires; y (ii) reformar el Artículo 5° del Estatuto Social, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTICULO 5 DE LA ADMINISTRACION: En virtud de lo establecido en el Art. 157 de la Ley de Sociedades

comerciales, la administración y la representación de la sociedad estará a cargo de los Sres. Sr Mariano Andrés

CARRIZO y Vicente Javier GIORGIO, quienes aceptan el cargo de socios gerentes y actuarán en nombre de

la sociedad, en el carácter invocado y con la amplitud que les confiere el art. 157 de la Ley de Sociedades,

tendrán el uso de la firma social, la cual deberá ser usada siempre con el sello de la sociedad “3 AMPER SRL”.

Los gerentes podrán realizar de manera indistinta, todos los actos, operaciones y contratos civiles, comerciales,

administrativos y judiciales que encuadren dentro del objeto social y/o se relacionen directa o indirectamente con

él y/o tiendan a su cumplimiento, atendiendo siempre a los fines sociales al progreso económico y la obtención

de ganancias dentro del marco de la legalidad, sin comprometer a la sociedad en negocios gratuitos o ajeno. Si

algunos de los socios pretenden actuar individualmente en la realización de uno o varios negocios y/o acto sean

estos los que fueren y que involucren a la sociedad, deberá como condición previa, hacerle saber y/o comunicarle

al otro socio que está por hacer a los fines del conocimiento debido y previo del mismo, pudiendo en su caso

manifestar su disconformidad y no autorizar el mismo. En consecuencia los socios gerentes quedan revestidos de

amplias facultades, incluidas aquellas para las que se requieren poderes especiales y que se relacionen directa o

indirectamente con la siguientes actividades: a-) Realizar en forma individual o conjunta toda clase operaciones

comerciales y con bancos, sean estos nacionales o internacionales, provinciales o municipales, girar, descontar,

aceptar, endosar, ceder, enajenar y negociar de cualquier modo mercaderías, letras de cambio, pagares, vales,

constituir depósitos en dinero, extraerlos ya sea total 0 parcialmente ya sea en cuentas corrientes, caja de ahorro

o plazos fijos en instituciones bancarias oficiales o privadas o entidades financieras, bancarias o no, nacionales

o extranjeras. b-) Efectuar trámites administrativos ante oficinas públicas o privadas, nacionales, provinciales o

municipales. c-) otorgar y firmar instrumentos públicos que fueran que sean necesarios para el ejercicio de los

actos enunciados y/o relacionados con la administración social. d-) Promover querellas denuncias. e-) actuar ante

los tribunales de justicia ya sean nacionales, internacionales, provinciales o municipales, sea cual fuere el fuero,

promoviendo demandas o ejerciendo defensas de cualquier otra naturaleza. f-) Crear los empleos necesarios,

designar y renovar personal, fijar su remuneración y sus funciones. g-) Fijar precios, formas de pago, intereses

y demás condiciones necesarias y convenientes para los objetivos sociales. h-) Por último deben entenderse

facultados ? para realizar todos los actos lícitos que tienden al cumplimiento de los fines sociales, al objeto social,

el progreso económico”. Autorizado según instrumento privado Acta de Reunión de Socios de fecha 26/12/2025

MARIA FERNANDA LETTIERI - T°: 145 F°: 997 C.P.A.C.F.

e. 10/06/2026 N° 39569/26 v. 10/06/2026